• Detalle de Ley

    Ley N°: 3006
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 06/10/1960
    Promulgada: 18/10/1960
    Publicada: 18/10/1960
    Boletin Of. N°: 14895

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Sustitúyese  el artículo 81 de la Ley Orgá-
    nica de las Municipalidades por el siguiente:
       "Artículo 81.-En el  municipio de la Capital los miembros
    del Concejo Deliberante podrán gozar de una remuneración pa-
    ra gastos que,  en ningún caso ni por ningún concepto, podrá
    exceder de diez mil pesos moneda nacional mensuales.
       En los municipios del interior de la Provincia, los miem-
    bros de los  concejos  deliberantes  podrán gozar también de
    una remuneración para gastos que, en ningún caso ni por nin-
    gún concepto, excederá  de  cuatro mil pesos moneda nacional
    mensuales".
    
       Art.2º.- Las remuneraciones  que se fijan por el artículo
    anterior regirán desde el 1 de setiembre de 1960.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de Tucumán,
    a seis días del mes de octubre de mil novecientos sesenta.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 1246
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LEY 1246 -LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES- .

  • Observaciones