• Detalle de Ley

    Ley N°: 3134
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CONSTITUCIONAL - PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 21/12/1963
    Promulgada: 03/01/1964
    Publicada: 14/01/1964
    Boletin Of. N°: 15685

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia  de
    Tucumán sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Sustitúyese  el  artículo  110 de la ley nº
    1.246, Orgánica de las Municipalidades, por el siguiente:
    "Art.110.- El Intendente  Municipal gozará del sueldo que le
    fije el Concejo Deliberante, el que no podrá ser superior al
    del Ministro de  Gobierno, para el de la Capital, y a un 40%
    de este último para los de la campaña."
    
       Art.2º.- El intendente  municipal  de la Capital, para el
    pe- ríodo 1963-1967, gozará de un sueldo mensual de $ 50.000
    mo- neda nacional,  y  los  de  la campaña de hasta $ 20.000
    moneda nacional, como única retribución.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de Tucumán, a  veintiún  días  del  mes  de diciembre de mil
    novecientos sesenta y tres.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 1246
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LEY 1246 -LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES- .

  • Observaciones