• Detalle de Ley

    Ley N°: 3357
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 14/09/1965
    Promulgada: 04/10/1965
    Publicada: 31/03/1966
    Boletin Of. N°: 16232

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y  Cámara  de  Diputados  de  la  Provincia  de
    Tucumán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Créase  una beca de $ 20.000 mensuales para
    perfeccionamiento en cardiología,  de  un médico egresado de
    la Universidad Nacional de Tucumán, en el Hospital Instituto
    de Cardiología, Fundación  Hermenegilda  Pomo  de Rodríguez,
    Academia Nacional de Medicina, de la Capital Federal.
    
       Art.2º.- El Poder  Ejecutivo reglamentará la presente ley
    estableciendo prioridad para  los  médicos que a la fecha de
    promulgación tengan por  lo  menos un año de práctica profe-
    sional en el mencionado Instituto.
    
       Art.3º.- El Poder Ejecutivo incluirá anualmente en la ley
    de Presupuesto General,  con  imputación  a la presente ley,
    una partida necesaria  para  la  atención  del  gasto que la
    misma origina, el  que  se  hará hasta tanto ello ocurra con
    fondos de Rentas Generales.
    
       Art.4º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia  de  Tucumán,  a  catorce  días  del  mes de
    setiembre del año mil novecientos sesenta y cinco.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 3476

  • Resumen

    CREA UNA BECA PARA PERFECCIONAMIENTO DE CARDIOLOGÍA DE UN
    MÉDICO EGRESADO DE LA UNT EN EL HOSPITAL INSTITUTO DE
    CARDIOLOGÍA, DE CAPITAL FEDERAL.

  • Observaciones