* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de
Tucumán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 1965
el plazo fijado por el artículo 36 de la ley 3.248.
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a veintiún días del mes de octubre de mil nove-
cientos sesenta y cinco.-