* DEROGADA *
La Sala de Representantes sanciona con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Desde el 1º de Enero de 1872 el sueldo del
Gobernador de la Provincia será de 4.200 pesos y el del Mi-
nistro General de 2.720 pesos anuales.
Art. 2º.- Comuníquese al P.E.
Sala de Sesiones, Tucumán, Setiembre 25 de 1871.-