• Detalle de Ley

    Ley N°: 3393
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: NO GENERALES - SEGURIDAD SOCIAL
    Sancionada: 15/12/1965
    Promulgada: 31/12/1965
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de  Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Sustitúyese el artículo  2º de  la  ley  Nº
    2.570 por el siguiente:
       Facúltase al Poder Ejecutivo a donar el inmueble descrip-
    to en el artículo 1º al Sindicato Unión Tranviarios  Automo-
    tor de Tucumán y Jubilados, para el funcionamiento de su se-
    de social. La entidad donataria no podrá desafectuar el  in-
    mueble donado de los fines que motivan la donación, ni  gra-
    varlo con hipoteca o cualquier otro derecho real, ni cederlo
    o transferirlo a título gratuito u oneroso. La  violación  a
    cualquiera de estas condiciones, producirá ipso jure, la ca-
    ducidad de la donación, reintegrándose el inmueble al patri-
    monio de la provincia con las mejoras que se le hubiesen in-
    troducido, sin derecho a indemnización alguna.
    
       Art.2º.- Comuníquese.
     
      Dada en la sala de sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de Tucumán, a quince días del mes de diciembre de mil  nove-
    cientos sesenta y cinco.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 2570
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY Nº 2570 -FACULTA AL PODER EJECUTIVO A DONAR INMUEBLE AL SINDICATO UNIÓN TRANVIARIOS AUTOMOTOR DE TUCUMÁN
    Y JUBILADOS-.

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 2570.