• Detalle de Ley

    Ley N°: 3520
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 18/07/1968
    Promulgada: 18/07/1968
    Publicada: 23/07/1968
    Boletin Of. N°: 16800

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
     Resultando indispensable adecuar a las actuales circunstan-
    cias las disposiciones  del  régimen de promoción industrial
    que se refieren  a  los  beneficios impositivos establecidos
    para las industrias preexistentes, teniendo en cuenta la au-
    torización otorgada por el Poder Ejecutivo Nacional mediante
    Decreto Nº 3.790  de fecha 1º del mes en curso; y en ejerci-
    cio de las facultades legislativas que le otorga el artículo
    9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Las industrias preexistentes, según el con-
    cepto del artículo  4º  inciso a) del Decreto-Ley 23/1 del 8
    de Agosto de  1963,  gozarán de las franquicias a que se re-
    fiere el artículo 8º, en los casos en que hubieran sido aco-
    gidas al régimen  de  la  Ley Nacional Nº 17.010, Decreto Nº
    260/68 y sus normas complementarias y/o reglamentarias.
    
       Art.2º.- El beneficio  a que se refiere el artículo ante-
    rior, será otorgado  por el Poder Ejecutivo en las condicio-
    nes y bajo los controles que se establecen en los incisos a)
    y b) del artículo 11 del Decreto-Ley mencionado.
    
       Art.3º.- Comuníquese, dése al Boletín  Oficial, y pase al
    Registro de Leyes y Decretos, a sus efectos.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 3883

  • Resumen

    AMPLIA BENEFICIOS ESTABLECIDOS POR DECRETO LEY 23/1 DEL
    8/8/63 A LOS QUE SE ACOGIERON A LEY NACIONAL 17010 -
    PROMOCIÓN DE INDUSTRIAS -

  • Observaciones