• Detalle de Ley

    Ley N°: 3594
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 05/09/1969
    Promulgada: 05/09/1969
    Publicada: 09/09/1969
    Boletin Of. N°: 17079

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       Visto la autorización  conferida por el Superior Gobierno
    de la Nación,  mediante decreto nº 3.875, de fecha 16 de ju-
    lio de 1969,  por el que faculta al Gobierno de la Provincia
    a dictar una Ley mediante la cual se establece una excepción
    al régimen de  la  Ley  de Contabilidad, para las compras de
    artículos fabricados por  cooperativas formadas por ex-obre-
    ros y/o- ex-empleados  de  los ingenios cerrados, y atento a
    la facultad legislativa que le confiere al Art. 9º del Esta-
    tuto de la Revolución Argentina
    
         EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN SANCIONA Y
                       PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Exceptúanse  del  requisito establecido por
    el artículo 67  del decreto-Ley nº 56/17, de fecha 11 de oc-
    tubre de 1963  (Ley de Contabilidad), a las compras de artí-
    culos fabricados por  las Cooperativas formadas por ex-obre-
    ros y/o ex-empleados  de los ingenios cerrados, constituidas
    conforme con la  legislación  vigente, así como la contrata-
    ción de servicios, trabajos o suministros de especies, loca-
    ción y arrendamientos.
    
       Art.2º.- Esta ley  tendrá  vigencia  por  un período de 2
    (dos) años a partir de la fecha de su sanción.
    
       Art.3º.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley.
    
       Art.4º.- Téngase por  Ley  de  la Provincia, comuníquese,
    cúmplase, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Modificada por Ley 3741
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    ESTABLECE EXCEPCION AL DECRETO LEY 56/17 -63 -REGIMEN DE
    CONTABILIDAD - PARA COMPRAS DE ARTICULOS FABRICADOS POR
    COOPERATIVAS DE EX-EMPLEADOS DE INGENIOS CERRADOS.

  • Observaciones