• Detalle de Ley

    Ley N°: 3741
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: SEGURIDAD SOCIAL
    Sancionada: 09/09/1971
    Promulgada: 09/09/1971
    Publicada: 16/09/1971
    Boletin Of. N°: 17576

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTO la autorización  conferida  por el Decreto Nacional
    Nº 717 en  su  Art.1º,  Inc.  6-1 y en uso de las facultades
    legislativas otorgadas por  el  Estatuto  de  la  Revolución
    Argentina,
    
            EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN,
              SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Prorrógase  por  el término de un (1) año a
    partir del 5  de Setiembre de 1971, la vigencia de la Ley Nº
    3.594 por la  que  se exceptúa del requisito establecido por
    el Art.67 del  Decreto-Ley  Nº  56/17  del 11/X/1963 (Ley de
    Contabilidad), a las compras de artículos fabricados por las
    Cooperativas formadas por  ex-obreros  y/o  empleados de los
    ingenios cerrados, constituidas  conforme con la legislación
    vigente, así como  la  contratación de servicios, trabajos o
    suministros de especies, locación y arrendamientos.
    
       Art.2º.- Téngase por  Ley  de  la Provincia, comuníquese,
    cúmplase, publíquese en  el Boletín Oficial y previa comuni-
    cación al Superior  Gobierno  de  la Nación, archívese en el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 3594
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    PRORROGA LA VIGENCIA DE LA LEY 3594 -ESTABLECE EXCEPCIÓN AL
    ARTICULO 67 DEL DECRETO LEY 56/17 (LEY DE CONTABILIDAD) PARA
    COMPRAS DE ARTÍCULOS EFECTUADAS POR COOPERATIVAS DE EX-EM-
    PLEADOS Y OBREROS DE INGENIOS CERRADOS -

  • Observaciones