• Detalle de Ley

    Ley N°: 3655
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: TRATADOS Y CONVENIOS
    Sancionada: 19/06/1970
    Promulgada: 19/06/1970
    Publicada: 23/06/1970
    Boletin Of. N°: 17271

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTO el adjunto  Convenio  de  compraventas de inmuebles
    suscripto con fecha  16 de Junio de 1970 - conforme la auto-
    rización conferida por  Decreto  Nº  1.820/3 (SF) - entre el
    Superior Gobierno de  la  Provincia, la Municipalidad de San
    Miguel de Tucumán y el Banco de la Provincia de Tucumán, re-
    lacionado con la  transferencia  del  inmueble ubicado en la
    intersección de las calles San Martín y Maipú, ángulo Sudes-
    te, de propiedad  de dicha Comuna, al referido ente crediti-
    cio para que  este  edifique en el mismo su Casa Central; de
    la transferencia del  actual edificio de este a la Provincia
    para que en él funcionen dependencias del Ministerio de Eco-
    nomía y Obras  Públicas  y la Dirección General de Rentas de
    la Provincia, y  del  traspaso  del local que esta ocupa ac-
    tualmente a la  Municipalidad de San Miguel de Tucumán, para
    que funcionen en él el Banco Municipal de Préstamos y la Di-
    rección de Rentas Municipales; teniendo en cuenta que las o-
    peraciones que se derivan de dicho Convenio habrán de resul-
    tar ampliamente beneficiosas  para cada uno de los entes in-
    tervinientes; atento a lo dictaminado por el señor Fiscal de
    Estado a fojas 4,en el sentido de que la presente Ley no ne-
    cesita referéndum del Gobierno Nacional, dado el carácter de
    las instituciones actuantes,  y  en  uso  de la facultad que
    confiere al P.E.  el  art.  9º del Estatuto de la Revolución
    Argentina,
    
             EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Ratifícase  el  adjunto Convenio de compra-
    ventas de inmuebles  suscripto con fecha 16 de Junio de 1970
    entre el Superior Gobierno de la Provincia, la Municipalidad
    de San Miguel  de Tucumán, y el Banco de la Provincia de Tu-
    cumán, mediante el  cual dicha Comuna transfiere al referido
    Banco, el inmueble propiedad de aquella ubicado en la inter-
    sección de las  calles  San Martín y Maipú, ángulo Sud-Este,
    para que en él se construya su nueva Casa Central; la trans-
    ferencia del actual  edificio del Banco, a la Provincia para
    que en el  mismo  funcionen  dependencias  del Ministerio de
    Economía y Obras  Públicas y la Dirección General de Rentas,
    y el traspaso del local que esta ocupa actualmente, a la Mu-
    nicipalidad de San Miguel de Tucumán, para que en él funcio-
    nen el Banco  Municipal  de  Préstamos y Dirección de Rentas
    Municipales, pasando a  formar parte el referido Convenio de
    la presente Ley.
    
       Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, publíquese en  el  Boletín  Oficial, dése cuenta al
    Superior Gobierno de la Nación y archívese en el Registro de
    Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 3859

  • Resumen

    RATIFICA CONVENIO DE COMPRAVENTA DE INMUEBLE SUSCRIPTO CON
    FECHA 16/06/1970 ENTRE EL SUPERIOR GOBIERNO DE LA PROVINCIA,
    LA MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, Y EL BANCO DE LA
    PROVINCIA DE TUCUMÁN RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN LA
    INTERSECCIÓN DE LAS CALLES SAN MARTÍN Y MAIPÚ.

  • Observaciones