* DEROGADA *
La Sala de R.R. de la Provincia, sanciona con fuerza de
L E Y:
Artículo 1º.- El Código de Procedimientos redactados por
los Dres. Dn. Benjamín Paz, Dn. Arsenio Granillo y Dn. Ángel
M. Gordillo se observará como ley de la Provincia desde el
1º de Marzo de 1874.
Art. 2º.- Acuérdase a los rectores del Código, por vía de
compensación, la cantidad de mil pesos a cada uno de ellos.
Art. 3º.- Autorízase al P.E. para hacer los gastos que
demande la impresión de número conveniente de ejemplares, y
los demás que haya ocasionado la redacción del Código.
Art. 4º.- Comuníquese.
Sala de Sesiones, Tucumán, Noviembre 27 de 1873.-