• Detalle de Ley

    Ley N°: 3728
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: NO GENERALES - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 10/08/1971
    Promulgada: 10/08/1971
    Publicada: 18/08/1971
    Boletin Of. N°: 17555

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTO las presentes   actuaciones   relacionadas  con  la
    gestión interpuesta por el Banco de la Provincia de Tucumán,
    acerca de la necesidad de construir un edificio central para
    el desenvolvimiento de  sus actividades, en una zona típica-
    mente bancaria, tendiendo  así  a cubrir las exigencias pro-
    pias de la  vida social moderna, que lleva a materializar el
    mejor desarrollo de la política financiera y crediticia como
    un medio positivo de regular, orientar y fomentar el esfuer-
    zo privado en  su  afán de lograr el bienestar social econó-
    mico de la Provincia, y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que, para tales  fines, se estima conveniente declarar de
     utilidad pública y  sujeto a expropiación, el inmueble ubi-
    cado en calle  San  Martín Nº 680/84, de esta ciudad, el que
    cuenta con las siguientes dimensiones: 11,366 por 71,53 mts.
    de fondo; linda al norte con calle San Martín; al Sud, Suc.
    de Juan Carlos  Nougués; al este, Alfredo, Susana, Horacio y
    Martha Poviña; y  al  oeste,  Municipalidad de San Miguel de
    Tucumán, y según plano tiene las siguientes medidas: 11,60 x
    11,30 x 60,50 x 60,60 mts. linda al norte, calle San Martín;
    al Sud y  Oeste, Municipalidad; al Este Tiburcio Padilla, de
    propiedad de Aída Solesky y Napandesky o quien resultare ser
    su propietario, indentificado  bajo  la  siguiente nomencla-
    tura: Circ. I,  Sección  II, Manzana 57, Parcela 7, Departa-
    mento Capital, empadronado en la Dirección General de Rentas
    bajo el Nº 4629.
       Por tanto; estimando  del  caso proveer de conformidad al
    pedido de expropiación  de que se trata; estando el presente
    caso encuadrado en  las  previsiones  del  decreto  nacional
    número 717, de  fecha  28/4/71,  apartado  5, pauta residual
    5.1., y en uso de la facultad que confiere al P.E. el Art.
    9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
    
              EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Declárase  de  utilidad  pública y sujeto a
    expropiación, un inmueble  ubicado  en  calle  San Martín Nº
    680/84, de esta  ciudad,  con  destino a la construcción del
    edificio Central del Banco de la Provincia de Tucumán, y que
    consta de las siguientes dimensiones: 11,366 x 71,53 mts. de
    fondo; linda al  Norte,  calle  San  Martín; al Sud, Suc. de
    Juan Carlos Nougués;  al  Este,  Alfredo,  Susana, Horacio y
    Martha Poviña; y  al  Oeste,  Municipalidad de San Miguel de
    Tucumán, y según  plano tiene las siguiente medidas: 11,60 x
    11,30 x 60,50 x 60,60 mts; linda al Norte, calle San Martín,
    al Sud y Oeste, Municipalidad; al Este, Tiburcio Padilla, de
    propiedad de Aída  Solesky  de  Napadensky o quien resultare
    ser su propietario,   identificado    bajo    la   siguiente
    nomenclatura: Circ.I, Sección  II,  Manzana  57,  Parcela 7,
    Departamento Capital, empadronado en la Dirección General de
    Rentas bajo el Nº 4629.
    
       Art.2º.- A los  efectos  del juicio expropiatorio respec-
    tivo, declárase sujeto  expropiante al Banco de la Provincia
    de Tucumán, quien  pedirá la posesión del mismo sólo treinta
    (30) días antes  de  comenzar las obras de edificación de su
    Casa Central.
    
       Art.3º.- El gasto  que demande el cumplimiento de la Pre-
    sente Ley, será  atendido  por  el  Banco de la Provincia de
    Tucumán con fondos propios.
    
       Art.4º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
    níquese, publíquese en  el Boletín Oficial y archívese en el
    Registro Oficial de Leyes y Decretos, previa comunicación al
    Superior Gobierno de la Nación.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 3861
    Derogada por Ley 3862

  • Resumen

    DISPONE LA EXPROPIACION DE UN INMUEBLE UBICADO EN ESTA
    CIUDAD, CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN DEL EDIFICIO CENTRAL
    DEL BANCO DE LA PROVINCIA DE TUCUMÁN

  • Observaciones

    FUE DEROGADA DOS VECES