• Detalle de Ley

    Ley N°: 3772
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: LEGISLACION GENERAL
    Sancionada: 16/12/1971
    Promulgada: 16/12/1971
    Publicada: 23/12/1971
    Boletin Of. N°: 17642

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       Visto, que por  Ley  nº 3.746 sancionada y promulgada con
    fecha 14 de  octubre  de  1971,  se modificó la Ley Notarial
    vigente en la  Provincia,  establecida por Decreto Ley nº 30
    G. (I.F.) del 27 de setiembre de 1963; y
    
       CONSIDERANDO:
    
       Que la referida  Ley contó con la previa autorización del
    Superior Gobierno de  la  Nación  concedida  por  Decreto nº
    3.825 del 10 de setiembre del corriente año;
       Que el Colegio  de Escribanos de Tucumán en nota de fecha
    22 de octubre  de  1971, solicita se suspenda por el término
    de 180 días  la vigencia de la expresada Ley a fin de evitar
    inconvenientes en su  aplicación, como igualmente para revi-
    sarse y analizarse  las  distintas  cuestiones  planteadas y
    decidirse en definitiva;
       Que, por otra  parte,  la  aludida  Ley nº 3.746 no tiene
    vigencia por carecer  hasta  la  fecha  de  publicidad en el
    Boletín Oficial de la Provincia.
       Por ello; teniendo  en  cuenta  la autorización concedida
    por el artículo  6º  2  del  Decreto  Nacional  nº  717  del
    28/4/1971; y en ejercicio de las facultades legislativas que
    le confiere el  artículo  9º  del  Estatuto de la Revolución
    Argentina,
    
             El Gobernador de la Provincia de Tucumán
                 Sanciona y promulga con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Suspéndese, por el  término de 180 días, la
    vigencia de la  Ley nº 3.746 de fecha 14 de octubre de 1971,
    mediante la cual  se  modificó la Ley Notarial de la Provin-
    cia, establecida por  el  Decreto  Ley  nº  30 G. (I.F.) del
    27/9/1963.
    
       Art.2º.- Comuníquese, publíquese  en  el Boletín Oficial,
    dése cuenta al  Superior  Gobierno de la Nación, y archívese
    en el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 3746
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    SUSPENDE LA VIGENCIA DE LA LEY Nº 3746 -MODIFICACIÓN LEY
    NOTARIAL- POR EL PLAZO DE 180 DÍAS

  • Observaciones