• Detalle de Ley

    Ley N°: 3902
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 07/02/1973
    Promulgada: 07/02/1973
    Publicada: 15/02/1973
    Boletin Of. N°: 17926

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTO la necesidad  de introducir un agregado al artículo
    1º de la  Ley  Nº 3.898, de fecha 19 de enero de 1973, en lo
    referente a la  cuota anual que deben abonar los automotores
    de alquiler (taxis),  tractores,  topadoras,  excavadoras  y
    similares, y en  uso  de la facultad que confiere al P.E. el
    artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,
    
               EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
                    SANCIONA  Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Agrégase al artículo 1º de la Ley Nº 3.898,
    de fecha 19  de  enero de 1973, el siguiente rubro: 
       "V - Los automotores de alquiler (taxis) pagarán una cuo-
    ta fija anual de pesos...............................$ 68,oo
            Los tractores, topadoras, excavadoras y  similares,
    pagarán una cuota fija anual de pesos...............$ 100,oo
     
       Art.2º.- Téngase por  Ley  de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese en  el Boletín Oficial, dése cuenta al
    Superior Gobierno de  la  Nación, y archívese en el Registro
    Oficial de Leyes y Decretos.-

  • Relaciones

    Modifica a Ley 3898
    Derogada por Ley 3988

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY 3898 -MODIFICATORIA DE LA LEY IMPOSITIVA DE
    LA PROVINCIA-, N° 2652.

  • Observaciones