* CONSOLIDADA *
Artículo 1º.- Dónase a la Sociedad Hermanas de los Pobres
Santa Catalina de Siena el inmueble de propiedad de esta
Provincia adquirido según escritura pública Nº 75 por la
cual la firma Avellaneda y Terán S.A. diera en pago de sus
deudas un conjunto de bienes inmuebles individualizado en
los planos respectivos como Manzana IX, Lote 1 y que estu-
viera ocupado por el ex-hospital del ingenio, con todo lo
edificado, plantado y demás adherido al suelo. A los efectos
correspondientes, deberán pasar estas actuaciones previamen-
te a la División Geodesia y Topografía para la confección de
los planos que servirán de base a la transferencia y oportu-
namente a la Escribanía de Gobierno para el otorgamiento de
la correspondiente escritura.
Art. 2º.- La presente donación se hace con el cargo de
que la Institución de referencia haga funcionar en el citado
local una Escuela de Manualidades para mujeres, así como a
incrementar la enseñanza con la implantación de nuevas espe-
cialidades técnicas.
Art. 3º.- Comuníquese.-
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- Texto consolidado con Ley Nº 5256.-