* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la llamada Ley Nº 3.919 del Pre-
supuesto General de la Administración Provincial y su modi-
ficatoria la llamada Ley Nº 3.966, fijando en la suma de
setecientos dieciocho millones ochocientos nueve mil sete-
cientos ochenta y seis pesos ($ 718.809.786,oo) los gastos
para el ejercicio 1973 con destino al cumplimiento de las
finalidades que se indican en el artículo 1º de las llamadas
leyes citadas, las que se detallan por programa.
Art.2º.- Amplíase en la suma de un millón de pesos ------
($ 1.000.000) la partida principal 02 Bienes de Consumo,
sector 02, sección 01, actividad común 442, de la Unidad de
Organización Dirección General de Instituto Penales, función
30, finalidad 3, sector económico social 14, jurisdicción 10
anexo 4.
Art.3º.- La mayor erogación que demande el cumplimiento
de la presente Ley, será atendida con recursos provenientes
de Rentas Generales.
Art.4º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la H. Legislatura de la
Provincia de Tucumán, a los veintinueve días del mes de
junio del año mil novecientos setenta y tres.-