* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Sustitúyese el inciso 15 del artículo 112
de la ley nº 1.246 (Orgánica de las Municipalidades), por el
siguiente: inciso 15 - Imponer multas prescriptas por las
ordenanzas pertinentes, quedando facultado para delegar esta
función en el o los organismos que se crearen legalmente.
Art.2º.- Comuníquese
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintisiete días del mes
julio del año mil novecientos setenta y tres.-