* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujetas a
expropiación las parcelas de terreno de propiedad del ex In-
genio Mercedes S.A. o quien fuere su actual titular de domi-
nio, en las que hubiesen edificadas viviendas que fueron en-
tregadas por la referida empresa a empleados u obreros de la
misma.
Art. 2º.- El Poder Ejecutivo delimitará definitivamente
cada lote, efectuando la mensura respectiva y la identifica-
ción catastral, para su posterior traspaso a los ex-emplea-
dos u obreros que los ocuparen actualmente.
Art. 3º.- El valor de transferencia será el que resultare
del juicio respectivo y su importe será abonado en un plazo
de 10 años a partir de la fecha de la finalización del jui-
cio premencionado y luego de pagado en su totalidad se otor-
gará la escritura traslativa de dominio.
Art. 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se efectuará de rentas generales con imputación a
la misma.
Art. 5º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los treinta y un días del mes
de mayo del año mil novecientos setenta y cuatro.