• Detalle de Ley

    Ley N°: 420
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 27/10/1877
    Promulgada: 30/10/1877
    Publicada:
    Boletin Of. N°: 0

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       La Sala  de Representantes de la Provincia, en uso de sus
    atribuciones, sanciona con fuerza de
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase el Art. 21 de la ley de patentes
    vigente, de 12 de Febrero de 1875, en la forma siguiente:
    "Art.21.- Las  tropas  de  carretas  o  carros, puestas a la
    carga para el tráfico exterior, pagarán una patente anual de
    diez pesos por cada carreta o carro.
    
       Art. 2º.- Modifícase  igualmente  el  artículo  35  de la
    misma ley  en  estos términos: "Art. 35.- Las Comisiones, en
    la ciudad  y  los  Comisiona  dos  que el P.E. designe en la
    campaña, procederán  a  cobrar  la patente que corresponda a
    los comerciantes e industriales comprendidos en esta ley.
    
       Art. 3º.- Comuníquese al P. Ejecutivo.-
    
       Sala de Sesiones, Tucumán, Octubre 27 de 1877.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 391
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA ART. 21 Y 35 DE LA LEY 391, DE PATENTES.-

  • Observaciones

    COMPILACION DE LEYES Y DECRETOS- TOMO 6- PAGINA 427.-