• Detalle de Ley

    Ley N°: 4207
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: NO GENERALES - INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 19/11/1974
    Promulgada: 27/11/1974
    Publicada: 04/12/1974
    Boletin Of. N°: 18368

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Decláranse  de utilidad pública y sujetos a
    expropiación los inmuebles  que se describen a continuación,
    ubicados en San Miguel de Tucumán, con todo lo en ellos edi-
    ficado, plantado y  demás   adherido al suelo, inclusive los
    bienes muebles e  inmuebles por accesión física o moral y el
    nombre comercial del  Diario Noticias de propiedad de la su-
    cesión de Ángel  Enrique Raffo o de quienes resulten sus le-
    gítimos propietarios:
       a) Padrón  nº 11026, matrícula  1296, circunscripción I,
          sección  4, lámina  23, parcela  9, Linderos :  Norte,
          Eduardo Pérez Zavalía; Sud, Elías Corranza; Este,Soaje
          y Oeste, calle Buenos Aires; de las siguientes medidas
          perimetrales: 9,38 m2. x 78,28 m. o sea una superficie
          total de 754,21 m2. Empadronada a nombre de Benita del
          C. Romano.
       b) Padrón  nº 11120, matrícula  12595, circunscripción I,
          sección  4, lámina  23, parcela  8; y linda  al Norte,
          Carmen B. de Romano; Sud Enrique Ribó; este, sucesores
          de Manuel Terán y Oeste calle Buenos Aires; de las si-
          guientes  medidas perimetrales:  6,00 m. x 78,35 m.  o
          sea  una superficie  total de 470,10 m2. Empadronado a
          nombre de Amelia B. Sánchez Oviedo.
    
       Art.2º.- Dentro de  los treinta días a contar de la fecha
    de promulgación de  la presente ley, el Poder Ejecutivo ini-
    ciará la correspondiente acción expropiatoria por la totali-
    dad de los  bienes mencionados en el artículo 1º, con excep-
    ción de aquellas  que  se hubiesen incorporado por la inter-
    vención dispuesta por el Poder Ejecutivo al Diario Noticias,
    instando el procedimiento    judicial  de modo tal que no se
    produzcan interrupciones en  la  continuidad  de la explota-
    ción, a cuyos  efectos designará el funcionario que ha de a-
    sumir la posesión de los bienes.
    
       Art.3º.- Obtenida sentencia  firme en el juicio expropia-
    torio, y establecido  definitivamente  el valor de la opera-
    ción, intereses, gastos  y costas, el Poder Ejecutivo proce-
    derá a su  transferencia  en propiedad por el importe resul-
    tante, a una  sociedad mixta constituida con capital estatal
    mayoritario e integrada  por una cooperativa constituida por
    los trabajadores del  diario, previéndose el rescate del ca-
    pital por la  cooperativa  en un plazo no mayor de 10 años y
    en la forma que lo establezca la reglamentación a dictarse.
    
       Art.4º.- El gasto  que demande el cumplimiento de la pre-
    sente Ley se  hará  de  Rentas Generales con imputación a la
    misma.
    
       Art.5º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a los diecinueve días del mes de
    noviembre del año mil novecientos setenta y cuatro.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 4492

  • Resumen

    DECLARA DE UTILIDAD PÚBLICA Y SUJETOS A EXPROPIACIÓN LOS
    INMUEBLES Y BIENES MUEBLES PERTENECIENTES AL DIARIO NOTICIAS
    DE PROPIEDAD DE LA SUCESIÓN DE ANGEL ENRIQUE RAFFO.
    ESTABLECE QUE LOS BIENES EXPROPIADOS SERÁN TRANSFERIDOS A LA
    COOPERATIVA CONSTITUIDA POR LOS EX EMPLEADOS DEL DIARIO.

  • Observaciones