* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la ley nº 3.412, en los
artículos que a continuación se expresa:
Artículo 1º,sustituirlo por el siguiente: "Artículo 1º.-
Créase un juzgado de paz de segunda categoría con jurisdic-
ción en las localidades de Mixta, Tala Cocha, Puma Pozo,
Chañar Muyo, Los Quemados, Vizcacheral, Laguna Blanca, Tusca
Pozo, San José y La Encrucijada, departamento de Leales, de-
biendo funcionar en la primera de las localidades menciona-
das.
" Artículo 3º, sustituirlo por el siguiente: "Artículo
3º.- Destínanse hasta $ 10.000.-para los gastos de instala-
ción del juzgado que se crea por el artículo 1º."
Art.2º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los quince días del mes de
setiembre del año mil novecientos setenta y cinco.-