* DEROGADA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a
expropiación un inmueble ubicado en la ciudad de Lules, de-
partamento Famaillá, de propiedad de Saturnino Rodrigo Cár-
denas o de quien resulte su legítimo propietario, inscripto
en Catastro Parcelario como Padrón nº 79.284, Matrícula nº
773, Orden nº175, Circunscripción II, Sección A, Manzana 10,
Parcela 11a, comprendido dentro de los siguientes linderos:
al Norte, calle Zoilo DomÍnguez; al Sur, S. Calafiore; al
Este, Amalia P. de Piossek y al Oeste, S. Calafiore, para
ser transferido en donación a la Secretaría de Estado de Co-
municaciones de la Nación, para la construcción de un edifi-
cio destinado al funcionamiento de oficinas de correo.
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se hará de Rentas Generales con imputación a la
misma.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los diez días del mes de octu-
bre del año mil novecientos setenta y cinco.-