* CADUCA *
Visto,la necesidad de dejar sin efecto la Ley nº 4343, de
fecha 10 de octubre de 1.975, mediante la cual se declara de
utilidad pública y sujeto a expropiación, un terreno ubicado
en la ciudad de Lules, Departamento de Famaillá, para ser
transferido en donación a la Secretaría de Estado de Comuni-
caciones de la Nación, con destino a la construcción de una
Oficina de Correos, y
Considerando:
Que las razones que motivaron la sanción de dicha Ley, en
la actualidad resultan extemporáneas, por cuanto la Direc-
ción de Arquitectura y Urbanismo tiene proyectado y en vía
de ejecución la contrucción de un "Centro Cívico" en el cual
tiene previsto el funcionamiento de la Oficina de Correos;
Por ello, y en atento a lo dictaminado por Fiscalía de
Estado a fs. 14 del presente expediente,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Ley nº 4.343, de fecha
10 de octubre de 1975, por el cual se declara de utilidad
pública y sujeto a expropiación un terreno ubicado en la ca-
lle Zoilo Domínguez de la Ciudad de Lules, Departamento de
Famaillá, propiedad de Saturnino Rodrigo Cárdenas o quien
resultare ser su actual titular, identificado con siguiente
nomenclatura Catastral: Circunscripción II - Sección A -Man-
zana 10 -Parcela 11a -Padrón nº 79.284 -Matrícula nº773 -Or-
den 175- sus dimensiones y linderos son: Al Norte 17,19 mts.
con calle Zoilo Dominguez; Al Sud, 16,17 mts., con R. Cala-
fiore; Al Este, 41,91 mts. con terreno de la Iglesia; Al
Oeste, 41,42 mts. con R. Calafiore, con una superficie de
695,0062 m2., por el motivo expuesto en el considerando de
la presente Ley.
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase,comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-