* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la ley nº 4.266 de presupuesto
general para 1975, de la siguiente manera:
En el anexo 6, Ministerio de Bienestar Social, Jurisdic-
ción 17 - Secretaría de Estado de Promoción y Asistencia de
la Comunidad finalidad 1, función 01, sector económico so-
cial 15, unidad de organización: Secretaría de Estado de
Promoción y Asistencia de la Comunidad, Actividad Central
770 - Proponer, Orientar y Supervisar la Política de Promo-
ción y Asistencia Comunitaria, sección 01, erogaciones co-
rrientes, sector 02 - funcionamiento, increméntanse las si-
guientes partidas:
Partida Principal 01 - Personal $ 1.201.622,81
Partida Parcial 02 - Personal Tempo-
rario $ 1.201.622,81
Partida Subparcial 01 - Remunerac.Básicas $ 936.025.56
Partida Subparcial 03 - Sueldo Anual Com-
plementario $ 78.002,13
Partida Subparcial 04 - Aporte Patronal
Jubilatorio $ 152.104,15
Partida Subparcial 05 - Aporte Patronal
para Obra Social $ 35.490,97
Art.2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley se atenderá con fondos de Rentas Generales.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de Tucumán, a veinte días del mes de noviembre de mil nove-
cientos setenta y cinco.-