• Detalle de Ley

    Ley N°: 4393
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: ECONOMICO
    Sancionada: 09/12/1975
    Promulgada: 23/12/1975
    Publicada: 31/12/1975
    Boletin Of. N°: 18633

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y  Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  la  Ley Nº 4.266 de presupuesto
    general para 1975, de la siguiente manera:
       En el anexo  6 - -Ministerio  de Bienestar Social, Juris-
    dicción 16 -  Secretaría  de Estado de Salud Pública, Sector
    Económico 12 -  Salud   Pública, ítem - Dirección General de
    Medicina Asistencial, Finalidad 4, Función 01, Programa 754:
    Recuperación de la  Salud,  Sección  01,  increméntanse  las
    siguientes partidas, en las sumas que se indican:
       Sector 02-Funcionamiento                     $  3.082.177
       Partida Principal 01-Personal                $  3.082.177
       Partida Parcial 02-Personal Temporario       $  3.082.177
       Partida Subparcial 01-Remuneraciones Básicas $  2.374.500
       Partida Subparcial 02-Suplementos Varios     $     50.000
       Partida Subparcial 03-Sueldo Anual Comple-
       mentario.                                    $    198.195
       Partida Subparcial 04-Aporte Patronal Ju-
       bilatorio.                                   $    385.482
       Partida Subparcial 05-Aporte Patronal para
       Obra Social.                                 $     74.000
    
       Art.2º.- La mayor  erogación  que demande el cumplimiento
    de la presente ley, se hará con fondos de Rentas Generales.
    
       Art.3º.- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala  de Sesiones de la Honorable Legislatura
    de la Provincia  de Tucumán, a nueve días del mes de diciem-
    bre del año mil novecientos setenta y cinco.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 4266
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY 4266 DE PRESUPUESTO PARA EL AÑO 1975.

  • Observaciones