* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la ley nº 4.266, de presupuesto
general para 1975, de la siguiente manera:
En el anexo 2, jurisdicción 2 - Poder Judicial, sector
económico 16, item Corte Suprema de Justicia, finalidad 1,
función 40, programa 042, especialidad C - Funcionarios de
Justicia,
Créase:
Clase 4 - Secretario de Corte Electoral 1 cargo
Suprímese:
Clase 7 - Secretario de Cámara 1 cargo
Art.2º.- La mayor erogación que demande el cumplimiento
de la presente ley, se atenderá de Rentas Generales.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintiséis días del mes de
diciembre del año mil novecientos setenta y cinco.-