* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Fíjanse en las suma de $ 50 (Cincuenta pe-
sos) y $ 10.000 (Diez mil pesos), la cuota mensual y el mon-
to del beneficio respectivamente, correspondiente al Seguro
Obligatorio de Maternidad, vigente para todas las empleadas
de la Administración Provincial, creado por el Decreto Ley
Nº 19/1 del 14 de febrero de 1958 y modificado por las Leyes
Nros. 3.266 y 4.113.
Art.2º.- Autorízase al Poder Ejecutivo para disponer el
aumento de los montos de cuotas y beneficios del Seguro
Obligatorio de Maternidad, cuando se considere necesaria una
nueva actualización de los mismos.
Art.3º.- Comuníquese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a veintisiete días del mes de
febrero del año mil novecientos setenta y seis.-