• Detalle de Ley

    Ley N°: 4484
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 11/06/1976
    Promulgada: 11/06/1976
    Publicada: 16/06/1976
    Boletin Of. N°: 18746

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
                EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN, 
                    SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  la Ley nº 3.924, Carta Orgánica
    del Banco de  la  Provincia de Tucumán, en los artículos 6º,
    8º y 18, los que quedan redactados de la siguiente manera:
    Art.6º.- El Gobierno  del  Banco será ejercido por un Direc-
    torio integrado por  un  Presidente  y  cuatro Vocales titu-
    lares, quienes deben  ser argentinos nativos, con cinco años
    como mínimo de  residencia  continua en la Provincia, en los
    últimos diez años inmediatos anteriores a la fecha de su de-
    signación.    Art.8º.-  De  los cuatro Vocales titulares del
    Directorio que se  designen, se sortearán dos por un período
    de dos años, a fin de posibilitar una renovación parcial del
    mismo cada dos  años.   Art.18.- El Directorio podrá funcio-
    nar con cuatro  de sus miembros, y sus resoluciones se adop-
    tarán por mayoría  de votos, cuando no se exigiere un número
    mayor. En caso de empate, el Presidente tendrá doble voto.
    
       Art.2º.- Sustitúyese en  el artículo 20, inciso e), de la
    Ley nº 3.924, la expresión "tres cuartas partes" por "cuatro
    quintas partes".
    
       Art.3º.- Téngase por  Ley    de  la  Provincia, cúmplase,
    publíquese en el  Boletín Oficial y archívese en el Registro
    Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 4698

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY 3924 -CARTA ORGÁNICA DEL BANCO PROVINCIA-.

  • Observaciones