* CADUCA *
San Miguel de Tucumán, 2 de Agosto de 1976
VISTO que en la Ley de Presupuesto General nº 4.266 co-
rrespondiente al Ejercicio 1975, vigente para el año 1976,
se ha incluido una subvención por la suma de $ 100.000,oo a
favor de la Sociedad Sarmiento de San Miguel de Tucumán, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 30 de Diciembre de 1975 y mediante Ley nº
4.401 se ha dispuesto incluir otra subvención por $
150.000,oo a favor de la misma entidad, superponiéndose dos
beneficios similares por conducto de reparticiones diferen-
tes;
Que a la fecha resulta desaconsejable conceder una segun-
da subvención con igual finalidad, circunstancia concurrente
para suponer que existiría prerrogativa para con alguna ins-
titución de la provincia; en detrimento de otras;
Que por otra parte, la situación financiera del Estado
Provincial aconseja postergar erogaciones - aun cuando sean
plenamente atendibles- para asegurar la no incidencia de
gastos en el déficit fiscal ya existente.
Por lo expuesto,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Derógase la Ley nº 4.401 promulgada con fe-
cha 30 de Diciembre de 1975.
Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-