* CADUCA *
VISTO que mediante nota de fecha 15 de noviembre ppdo. la
Empresa Guido Pagani comunica al Superior Gobierno de la
Provincia la iniciación, con recursos que le son propios, de
las obras "Escuela Nacional Nº 101" - CASPINCHANGO - Dpto.
Monteros.
Que ante esa eventualidad, y habiendo el Gobierno de la
Provincia dispuesto la ejecución de las obras de referencia
por Ley Nº 4.577 de fecha 27 de octubre de 1976, se estima
del caso dejar sin efecto dicha ley.
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º.- Déjase sin efecto la Ley Nº 4.577, de fecha
27 de octubre de 1976, mediante la cual se disponía la crea-
ción, dentro del Programa 360 - Ampliación y Mejoramiento de
la Estructura Edilicia Escolar, la Unidad de Inversión "Es-
cuela Nacional Nº 101" - CASPINCHANGO - Departamento Monte-
ros, con un crédito de QUINCE MILLONES DE PESOS
($ 15.000.000.-), proveniente del FONDO OPERATIVO PAÍS.
Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y, archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-