* CADUCA *
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícase la Ley nº 4.561 de fecha 18 de
Octubre de 1976 de la siguiente manera:
Agrégase al artículo 3º el párrafo que sigue:
"Autorizando al Gobierno Provincial a descontar de la
Coparticipación aludida, el importe del servicio de deuda
que no haya efectivizado el municipio a su vencimiento."
Sustitúyese en el artículo 4º la expresión:
"tomando la correspondiente al año de otorgamiento del
aval" por la siguiente: " Tomándose el total de operaciones
avaladas."
Suprímese el artículo 5º.
Art.2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, comu-
níquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en el
Registro Oficial de Leyes y Decretos.-