• Detalle de Ley

    Ley N°: 4836
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 17/05/1977
    Promulgada: 17/05/1977
    Publicada: 23/05/1977
    Boletin Of. N°: 18985

  • Texto
  • * CADUCA *
    
       VISTO:
       Que las  necesidades  derivadas  de  la  ejecución de las
    obras y  trabajos  comprendidos  en  el régimen de la Ley Nº
    4.530,de fecha 16 de agosto de 1976, exigen, en determinadas
    circunstancias,realizar contrataciones con  terceros, lo que
    no concuerda con la previsión del artículo 9º de dicha  Ley,
    que prescribe que tales obras y trabajos deberán  efectuarse
    por administración;
       Que en razón de ello, resulta menester ampliar el concep-
    to de dicha disposición, sin alterar  el principio  adoptado
    por la misma;
       Por ello,y de conformidad con las facultades legislativas
    conferidas por la Junta Militar,
    
            EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
                SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Agrégase al artículo 9º de la Ley Nº 4.530,
    el  siguiente párrafo:
       "Podrá  excepcionalmente  disponerse  la  contratación de
    terceros, cuando circunstancias especiales hagan manifiesta-
    mente inoperante el sistema por administración. En dicho su-
    puesto, tales circunstancias deberán quedar  fehacientemente
    acreditadas antes de la emisión del respectivo acto de auto-
    rización".
    
       Art. 2º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese en el Boletín  Oficial  y archívese en
    el Registro Oficial de leyes y Decretos.-
    
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 4530
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY 4530 -CREACIÓN DEL ORGANISMO AD HOC, DE
    REUBICACIÓN RURAL- .

  • Observaciones