* DEROGADA *
VISTO, las obras que se efectuarán para el contorno de la
Casa Histórica; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario jerarquizar, para dar mayor relevancia a
las mismas, y efectuar en la manzana de terreno que se en-
cuentra ubicada al frente del Solar Histórico, las obras
necesarias para tal fin.
Por ello y en ejercicio de las facultades legislativas
conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Decláranse de utilidad pública y sujetos a
expropiación todos los inmuebles que integran la manzana
ubicada entre calles Congreso, San Lorenzo, Las Heras y
Crisóstomo Álvarez de la ciudad de San Miguel de Tucumán.
Art.2º.- Los inmuebles afectados por la presente ley
serán destinados para la realización de obras de jerarquiza-
ción y embellecimiento de la Casa Histórica de Tucumán.
Art.3º.- Declárase sujeto expropiante a la Municipalidad
de San Miguel de Tucumán.
Art.4º.- Establécese la vigencia de la presente ley por
el término de 3 (tres) años.
Art.5º.- El gasto que demande el cumplimiento de la pre-
sente ley será atendido de Rentas Generales de la Provincia.
Art.6º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, pu-
blíquese en el Boletín Oficial y archívese en el Registro
Oficial de Leyes y Decretos.-