* DEROGADA *
VISTO las facultades legislativas conferidas por la Junta
Militar, en la Instructiva 1/76,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Transfiérese al INSTITUTO PROVINCIAL DE
VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO, los siguientes terrenos fis-
cales:
Ubicado en Horco Molle, Departamento Tafí Viejo, con la
siguiente nomenclatura catastral:
C: I Padrón 382.185
S: N Matrícula: 7713 Bis.
M: 125 Orden: 963
P: 26 H
Linderos y Medidas:
Norte: S.A. Azucarera J. Frias; 1.057,81 mts.
Este: S.A. Azucarera J.Frias; 758,88 mts.
Sur: Varios propietarios; 1.057,89 mts.
Oeste: U.N.T.; 753,75 mts.
Art. 2º.- El valor actualizado de los terrenos, será co-
brado a los adjudicatarios de conformidad a las leyes vigen-
tes, ingresando los montos así obtenidos al Fondo Provincial
de Vivienda, como aporte de la Provincia.
Art. 3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, pu-
blíquese en el Boletín Oficial y archívese en el Registro
Oficial de Leyes y Decretos.