* CADUCA *
VISTO, las facultades legislativas conferidas por la
Junta Militar en los términos de la Instrucción Nº 1/77,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Modifícanse en los importes que se detallan
a continuación, los Anexos IV y V del artículo 1º de la Ley
Nº 4.980, únicamente en las categorías que en cada caso se
indica:
ANEXO IV - ESCALAFON DEL PODER JUDICIAL
Sueldo Compensac.
Básico Jerárquica
40% 60% Total
Juez de Cámara, Fiscal
de Cámara 400.000 600.000 1.000.000
Juez de 1ra.Instancia 360.000 540.000 900.000
Agente Fiscal 300.000 450.000 750.000
Defensor y Asesor de
Pobres y Ausentes 280.000 420.000 700.000
ANEXO V - ESCALAFON DEL TRIBUNAL DE CUENTAS
Presidentes y Vocales 400.000 600.000 1.000.000
Contador Fiscal, General,
Asesor Jurídico 295.600 443.400 739.000
Jefe Departamental 237.200 355.800 593.000
Contador y Abogado Fiscal 190.000 285.000 475.000
Art. 2º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-