• Detalle de Ley

    Ley N°: 5137
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 04/01/1980
    Promulgada: 04/01/1980
    Publicada: 09/01/1980
    Boletin Of. N°: 19652

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       Visto, las facultades legislativas conferidas por la Jun-
    ta Militar en los términos del artículo 5º de la Instrucción
    Nº 1/77,
    
               EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                  SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Agrégase  como inciso h) del artículo 15 de
    la Ley Nº 4.148, el siguiente:
       "h) DE CINCUENTA MIL PESOS
       Los contratos previos  de  suministro  de caña de azúcar,
    celebrados entre los  productores  cañeros y las fábricas de
    azúcares.
       La instrumentación definitiva  del  contrato,  ajustado a
    las formalidades impuestas  por  la  Dirección  Nacional del
    Azúcar, deberá tributar  el  impuesto de sellos de acuerdo a
    las disposiciones del artículo 247 de la LEY Nº 5.121, inde-
    pendientemente del tributo fijado en este inciso".
    
       Art. 2º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, públíquese en  el  Boletín Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 4148
    Derogada por Ley 5188

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY 4148 -LEY IMPOSITIVA-.

  • Observaciones