• Detalle de Ley

    Ley N°: 5167
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: SEGURIDAD PUBLICA
    Sancionada: 18/04/1980
    Promulgada: 18/04/1980
    Publicada: 25/04/1980
    Boletin Of. N°: 19728

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       Visto, las facultades legislativas conferidas por la Jun-
    ta Militar en los términos del artículo 1º, apartado 8.3. de
    la Instrucción Nº 1/77.
    
               EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                   SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el  artículo  16  de  la Ley Nº
    3.904 en la forma que se indica a continuación:
    
              1) Sustitúyense, en  el primer  párrafo, las pala-
                 bras "diez  (10) a quinientos  (500) pesos" por
                 "$100.000 a  $ 500.000".
              2) Agrégase, como último párrafo, el siguiente:
                    "Los importes  que se establecen por el pre-
                 sente artículo serán reajustados anualmente por
                 el Poder Ejecutivo de conformidad con el índice
                 de variación  registrado en el  año precedente,
                 en el nivel general de precios al consumidor de
                 bienes y  servicios, proporcionados por el Ins-
                 tituto   Nacional  de   Estadísticas  y  Censos
                 (I.N.D.E.C). Las multas que por infracción a la
                 presente Ley se recauden, ingresarán a la cuen-
                 ta especial de reequipamiento policial".
    
       Art. 2º.- Téngase por Ley  de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese en  el  BOLETIN OFICIAL y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 3904
    Caducada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY 3904 - REGULACIÓN DEL DERECHO DE REUNIÓN EN
    LA PROVINCIA -

  • Observaciones