• Detalle de Ley

    Ley N°: 5173
    Tipo: NO GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: INDUSTRIAL Y PRODUCCION
    Sancionada: 16/05/1980
    Promulgada: 16/05/1980
    Publicada: 22/05/1980
    Boletin Of. N°: 19746

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       Visto, las facultades legislativas conferidas por la Jun-
    ta Militar en  los  términos del artículo 5º, de la Instruc-
    ción Nº 1/77,
    
               EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                  SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Facúltase a la Caja Popular de Ahorro de la
    Provincia de Tucumán para arrendar a Unión Cañeros Azucarera
    Nuñorco Limitada Sociedad  Anónima,  el  complejo industrial
    del Ingenio Nuñorco, entendiendo por tal al conjunto muebles
    e inmuebles, automotores  y  maquinarias de la planta fabril
    de dicha empresa necesarios para el normal funcionamiento de
    la misma, incluyendo  los cargadores de caña de azúcar depó-
    sitos, etc., que  conforman  la infraestructura operativa de
    ese complejo industrial.
    
       Art. 2º.- La  facultad  que se otorga por la presente Ley
    tiene el carácter  de  excepción  y únicamente para la zafra
    azucarera correspondiente al presente año.
    
       Art. 3º.- Para  la ejecución de lo preceptuado en la pre-
    sente Ley, autorízase al Presidente del Directorio de la Ca-
    ja Popular de Ahorros de la Provincia a constituir una Comi-
    sión especial que proceda, en el mismo tiempo que fijará di-
    cha Presidencia, a  ejecutar  los cursos de acción que a tal
    fin determine esta.
    
       Art. 4º.- Todas  las adquisiciones y contrataciones nece-
    sarias para el  cumplimiento de los objetivos de la presente
    Ley, podrán ser  realizadas en forma directa por la Caja Po-
    pular de Ahorros  de  la Provincia. Asimismo, en un plazo de
    cinco días a  partir  de  la fecha, el Directorio de la Caja
    Popular de Ahorros  de  la Provincia deberá elevar a aproba-
    ción del Poder Ejecutivo, el proyecto de contrato de arrien-
    do, condicionamientos y  cursos de acción necesarios para la
    ejecución de la medida facultada por esta Ley.
    
       Art. 5º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese en  el  BOLETIN OFICIAL y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.-
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 5177

  • Resumen

    FACULTA A LA CAJA POPULAR DE AHORROS A ARRENDAR A LA
    UNION CAÑEROS AZUCARERA ÑUÑORCO S.A, EL COMPLEJO
    INDUSTRIAL INGENIO ÑUÑORCO, PARA LA ZAFRA DE 1980.

  • Observaciones