* CONSOLIDADA *
Artículo 1º.- Transfiérese en propiedad y a título gra-
tuito a la Caja Popular de Ahorros de la Provincia, un in-
mueble ubicado en la Circunscripción de San Miguel de Tucu-
mán, compuesto de las siguientes medidas y linderos: Al Nor-
te, 41,86 metros sobre calle España; al Sud 39,54 metros so-
bre avenida Sarmiento; al Este, 152,67 metros con Superior
Gobierno de la Provincia; y al Oeste, 6,00 metros con calle
Maipú, con una superficie de 5.633,8268 metros cuadrados,
según plano número 1491, serie N, confeccionado por la Dire-
cción de Inmuebles Fiscales y aprobada por la Dirección Ge-
neral de Catastro, identificado con la siguiente nomenclatu-
ra catastral: C.I. S. 7a, M.89, P.Ia, padrón 221.203, matrí-
cula 1340 orden 4.894; inscripto en el Registro Inmobiliario
en mayor extensión al libro 214, folio 65, serie B, Capital
Norte, con una valuación fiscal (Ley 5166) de un mil seis-
cientos cincuenta y siete millones quinientos veintitrés mil
setecientos cincuenta y cuatro pesos ($1.657.523.754) que
incluye terreno y edificación.
Art. 2º.- El inmueble transferido será destinado para in-
crementar el capital de la institución crediticia, de acuer-
do a los fines previstos por la Ley Nº 5.115.
Art. 3º.- Amplíase el artículo 1º que transfiere en pro-
piedad y a título gratuito a la Caja Popular de Ahorros de
la Provincia el inmueble en el cual funcionan el Savoy Hotel
de esta ciudad y el Casino de Tucumán, en el sentido de que
en dicha transferencia quedan incluidos los bienes muebles
ubicados en el referido inmueble.
Art. 4º.- Comuníquese.-
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- Texto consolidado con Ley Nº 5404.-