• Detalle de Ley

    Ley N°: 5225
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CULTURA Y EDUCACION
    Sancionada: 28/11/1980
    Promulgada: 28/11/1980
    Publicada: 03/12/1980
    Boletin Of. N°: 19882

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTO lo actuado  en  Expediente  Nº 1.366/420-J-1980 del
    Registro de la  Secretaría de Estado de Educación y Cultura,
    y el Decreto  Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facul-
    tades legislativas conferidas   por    la    Junta  Militar,
    
               EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                  SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase el inciso c) del artículo 13 del
    Decreto Ley nº 3.470/1967 (Estatuto del Docente),el que que-
    dará redactado de la siguiente forma:
             "c)Tener como máximo 35 (treinta  y  cinco) años de
                edad, computados  a la  fecha en que se solicite
                la  inscripción. Sin  perjuicio  de ello, podrán
                ingresar como  titulares, interinos o suplentes,
                aquellas personas que no obstante haber superado
                dicha edad, acrediten como mínimo 5 (cinco) años
                de servicios  docentes continuos o discontinuos,
                en cualquier  carácter  y  jurisdicción, siempre
                que la diferencia  entre  los  años de edad y de
                servicios computables del aspirante no exceda de
                40 (cuarenta) años."
    
       Art. 2º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese enel
    Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 3470
    Derogada por Ley 5604

  • Resumen

    MODIFICA EL INCISO C) DEL ARTICULO 13 DE LA LEY 3470
    -ESTATUTO DEL DOCENTE-.

  • Observaciones