* CADUCA *
VISTO, lo actuado en expediente Nº 1320/220-G-80, del Re-
gistro de la Secretaría de Estado del Interior y el Decreto
Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legisla-
tivas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Artículo 1º.- Establécese la denominación de "Intendente
Municipal" para designar al titular del ejecutivo de cada
Municipio, quedando en consecuencia derogada la denominación
de "Intendente Delegado".
Art. 2º.- Modifícase de conformidad a lo dispuesto por el
artículo anterior, la Ley Nº 5.181 y toda otra disposición
que se oponga a su cumplimiento.
Art. 3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el BOLETIN OFICIAL y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.