• Detalle de Ley

    Ley N°: 5235
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 04/12/1980
    Promulgada: 04/12/1980
    Publicada: 18/12/1980
    Boletin Of. N°: 19892

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       Visto, lo actuado  en expediente Nº 1320/220-G-80 del Re-
    gistro de la  Secretaría de Estado del Interior y el Decreto
    Nacional Nº 877/80 en ejercicio de las facultades legislati-
    vas conferidas por la Junta Militar,
    
               EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                  SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el inciso b) del artículo 1º de
    la Ley número 4616, y sus modificatorias, el que quedará re-
    dactado de la siguiente manera:
             "b)El Territorio  de la Provincia se  divide en dos
                centros judiciales, a saber:
                a)El Centro Judicial de la Capital, que extiende
                  su jurisdicción  a los  Departamentos Capital,
                  Yerba  Buena, Tafí Viejo, Famaillá, Cruz Alta,
                  Tafí del  Valle,  Burruyacu,  Lules, Leales  y
                  Trancas.
                b)El  Centro Judicial de  Concepción que extien-
                  de su  jurisdicción a los  Departamentos  Chi-
                  cligasta,  Monteros,  Simoca, Río  Chico, Juan
                  Bautista  Alberdi, La Cocha y Graneros".
       Esta disposición será aplicable a las causas  que se ini-
    ciaren con posterioridad a la entrada en vigencia de la pre-
    sente Ley.
    
       Art. 2º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese, en  el BOLETIN OFICIAL y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 4616
    Derogada por Ley 5982

  • Resumen

    MODIFICA LEY 4616 -ORGANICA DEL PODER JUDICIAL- .

  • Observaciones