* CADUCA *
Visto, lo actuado en expediente nº 1566/83-M-1976 del Re-
gistro de la Secretaría de Estado del Interior y el Decreto
Nacional Nº 877/80, en ejercicio de las facultades legisla-
tivas conferidas por la Junta Militar,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
L E Y :
Articulo 1º.- Transfiérese en propiedad y a título gra-
tuito a la Caja Popular de Ahorros de la Provincia, para ser
destinado a la instalación de una sucursal, el inmueble ubi-
cado en la ciudad Banda del Río Salí de la Provincia de Tu-
cumán, compuesto de las siguientes medidas y linderos: al
Norte, 34,53 mts. con calle 9 de Julio; al Sud, 34,65 mts.,
con remanente; al Este, 54,70 mts. con calle José Hernandez;
y al Oeste, 54,13 mts. con remanente, con una superficie de
1.878,5368 mts.2, según Plano 798, Serie J, aprobado por Ca-
tastro Parcelario y Municipalidad, con la siguiente nomen-
clatura catastral: C.I. S.K., M. 569 B, P. 1 B, Padrón
472147, Matrícula 8285, Orden 6052. Se encuentra inscripto
en el Registro Inmobiliario en la mayor extensión en el Li-
bro 4, Folio 8, Serie C, año 1959.
Art. 2º.- Derógase la Ley número 4.602 y toda otra dispo-
posición que se oponga a la presente.
Art. 3º.- Téngase por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
muníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese en
el Registro Oficial de Leyes y Decretos.