• Detalle de Ley

    Ley N°: 5293
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 03/06/1981
    Promulgada: 03/06/1981
    Publicada: 10/06/1981
    Boletin Of. N°: 20011

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTO lo actuado en Expediente Nº 373/370-DR-981, del Re-
    gistro de  la  Dirección General de Rentas, y el decreto na-
    cional Nº  877/80, en ejercicio de las facultades legislati-
    vas conferidas por la Junta Militar,
    
               EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                   SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícase  el  artículo  2ºde  la  Ley  Nº
    5.188, sustituyéndose  en el último párrafo "ochenta y nueve
    mil pesos"  ($  89.000), por "ciento sesenta y un mil pesos"
    ($ 161.000),  y  "ciento noventa mil pesos" ($ 190.000), por
    "trescientos cuarenta y cuatro mil pesos" ($ 344.000).
    
       Art. 2º.- Modifícase  el  artículo 3º de la Ley nº 5.188,
    sustituyéndose "veinticinco  millones  seiscientos cincuenta
    mil pesos"  ($  25.650.000),  por  "cuarenta y seis millones
    cuatrocientos diecinueve mil pesos" ($ 46.419.000).
    
       Art. 3º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en  el Boletín Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 5636

  • Resumen

    MODIFICA ARTICULO 2° Y 3° DE LA LEY 5188 -IMPOSITIVA-
    ACTUALIZANDO LOS IMPORTES MINIMOS DEL IMPUESTO
    INMOBILIARIO Y LA VALUACION FISCAL MAXIMA QUE DEBEN TENER
    LOS INMUEBLES.

  • Observaciones