• Detalle de Ley

    Ley N°: 5460
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: TRIBUTARIO
    Sancionada: 02/02/1983
    Promulgada: 02/02/1983
    Publicada: 04/02/1983
    Boletin Of. N°: 20431

  • Texto
  •  * DEROGADA *
    
       VISTO el decreto nacional Nº 877 y la Ley Nº 5.445 de fe-
    cha 17  de diciembre de l982, y en ejercicio de las faculta-
    des legislativas conferidas por la Junta Militar,
    
             EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                              L E Y :
    
       Artículo 1º.- Se  tendrán por acogido a los beneficios a-
    cordados por el artículo 10 de la Nº 5.445, a los agentes de
    retención y/o percepción que hubieran retenido y/o percibido
    tributos y que los hubieran ingresado entre el 1º de setiem-
    bre de 1982 y el 10 de febrero de 1983, inclusive.
    
       Art. 2º.- La  presente  Ley, tendrá vigencia a partir del
    día siguiente al de su publicación.
    
       Art. 3º.- Téngase  por Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en  el Boletín Oficial y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Derogada por Ley 5462

  • Resumen

    PRORROGA LOS BENEFICIOS ESTABLECIDOS EN ARTICULO 10 DE
    LEY 5445 -REGIMEN ESPECIAL DE FACILIDADES DE PAGO DE DEUDAS
    TRIBUTARIAS-

  • Observaciones