• Detalle de Ley

    Ley N°: 5512
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 05/08/1983
    Promulgada: 05/08/1983
    Publicada: 09/08/1983
    Boletin Of. N°: 20559

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       VISTO, lo actuado en  Expediente Nº 1452/210-S-83 del Re-
    gistro  de la Secretaría de Estado de Gobierno  y Justicia y
    el Decreto Nacional Nº 877/80; en ejercicio  de las faculta-
    des legislativas conferidas por la Junta Militar,
    
             EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                                L E Y :
    
       Artículo 1º.- Sustitúyese  el artículo  4º de  la Ley  Nº
    5.454, el que quedará redactado de la siguiente manera:
             "Art.4º.- La  Junta  Electoral  será  el  órgano de
              aplicación de la presente Ley, cuyas disposiciones
              se declaran de orden público, y es de su competen-
              cia entender en instancia  única en todos los con-
              flictos  y demás  cuestiones que se  deriven de la
              aplicación de  esta Ley.  Nombrará su Secretario y
              demás  personal necesario para el  cumplimiento de
              sus funciones, administrando su propio presupuesto
              y ejerciendo en su ámbito la Superintendencia  con
              los  mismos poderes y  facultades conferidas  a la
              Excelentísima  Corte  Suprema de  Justicia, por la
              Ley Orgánica de Tribunales"
             "Le corresponde  además las funciones asignadas por
              el artículo 93 de la Constitución de  la Provincia
              a la Junta de Escrutinio".
    
       Art. 2º.- Agrégase al artículo 33, apartado III de la Ley
    Nº 5.454 como último párrafo el siguiente:
             "No se considerará doble  afiliación la inscripción
              en un partido municipal y en un partido provincial
              o nacional".
    
       Art. 3º.- Téngase por  Ley de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese en el BOLETIN  OFICIAL  y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5454
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY Nº 5454 -ORGANICA DE PARTIDOS POLITICOS- .

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 5454.