• Detalle de Ley

    Ley N°: 5532
    Tipo: GENERAL
    Estado: DEROGADA
    Categoria: SEGURIDAD PUBLICA - ADMINISTRATIVO
    Sancionada: 08/09/1983
    Promulgada: 08/09/1983
    Publicada: 14/09/1983
    Boletin Of. N°: 20584

  • Texto
  •  * DEROGADA *  
    
       VISTO  lo actuado  en  expediente  Nº 81/480-J-1983 de la
    Junta contra el Alcoholismo y el Decreto Nacional Nº877/480,
    en ejercicio de las facultades conferidas por la Junta Mili-
    tar,
    
              EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TUCUMAN,
                 SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
    
                               L E Y :
       
       Artículo 1º.- Incorpórase como  párrafo 2º del  inciso e)
    del artículo 2º de la Ley Nº 5.155, el siguiente:
             g) "Facúltase a la Junta Contra el Alcoholismo para
                 exigir con carácter general, uno o varios anti-
                 cipos de pago a  cuenta de la tasa de habilita-
                 ción del año fiscal en curso o del siguiente, y
                 para fijar  la forma y los  respectivos  plazos
                 generales de vencimiento para el pago".
    
       Art. 2º.- Téngase por Ley  de la Provincia, cúmplase, co-
    muníquese, publíquese  en el Boletín Oficial  y archívese en
    el Registro Oficial de Leyes y Decretos.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5155
    Derogada por Ley 8153

  • Resumen

    MODIFICA LEY 5155.- REGULACIÓN DE VENTA DE BEBIDAS
    ALCOHÓLICAS -

  • Observaciones