• Detalle de Ley

    Ley N°: 5596
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: CONSTITUCIONAL
    Sancionada: 25/01/1984
    Promulgada: 01/02/1984
    Publicada: 15/02/1984
    Boletin Of. N°: 20692

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
        El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º- Agrégase como artículo 7º (bis) de la Ley Nº
    5.529 (Régimen Orgánico de las Municipalidades de la Provin-
    cia de Tucumán), el siguiente:
      "Artículo 7º (bis).- Los empleados que ocupen cargos elec-
    tivos en el orden  Nacional, Provincial  y Municipal tendrán
    derecho a licencia sin goce de sueldo por el término que du-
    re su mandato, a la reserva de su empleo y a su reincorpora-
    ción hasta treinta (30) días después de concluído el ejerci-
    cio de sus funciones.
       El período de tiempo durante el cual los empleados hubie-
    ran desempeñado las funciones precedentemente aludidas, será
    considerado período  de trabajo a  efectos del cómputo de su
    antigüedad".
    
       Art. 2º.- Suprímese  el  inciso 5º) del artículo 8º de la
    misma ley.
    
       Art. 3º- Comuníquese.
    
       Dada en la  Sala de Sesiones de la Honorable  Legislatura
    de la Provincia de Tucumán, a  los  veinticinco días del mes
    de Enero del año mil novecientos ochenta y cuatro.-
    
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5529
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY Nº 5529 -REGIMEN ORGÁNICO DE MUNICIPALIDADES-
    .

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 5529.