* CADUCA * El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu- mán, sancionan con fuerza de L E Y : Artículo 1º.- Modifícanse los Anexos 2, 3, 5, 7, 8, 9,10, 11 y 16 de la Ley Nº 5.530 y fíjanse los límites territoria- les de los Municipios de Banda del Río Salí, Concepción, Monteros, Yerba Buena, Aguilares, Juan Bautista Alberdi, Lu- les, Bella Vista y La Cocha, tal como se establecen en la presente Ley: ANEXO 2: MUNICIPALIDAD DE BANDA DEL RIO SALI Límite Norte: Por Avenida Alejandro Heredia, desde el río Salí y su continuación hacia el Este, hasta las vías del Fe- rrocarril General Mitre. Límite Sur: Desde las vías del Ferrocarril General Mitre ha- cia el Oeste, por el eje del camino vecinal de Pozo del Alto que pasa frente a la Escuela Luis Pasteur, cruzando la Ruta Nacional Nº 9, a 600 metros al Norte del Kilómetro 1.283 y siguiendo por el mismo hasta el eje del río Salí. Límite Este: Vías del Ferrocarril General Mitre, hasta su cruce con el camino a Pozo del Alto. Límite Oeste: Desde la altura de la Avenida Alejandro Here- dia, por el eje del cauce del río Salí, hacia el Sur, hasta el camino de Pozo del Alto". ANEXO 3: MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION Límite Norte: Con el río Gastona, desde la propiedad de he- rederos de Inocencio Fernández, siguiendo por el eje de su cauce hasta el camino vecinal que va a la Ruta Provincial 329 hasta la escuela de San Ramón. Límite Sur: Con el río Chirimayo desde la propiedad de la Compañía Azucarera Argentina, siguiendo su cauce y después por el cauce de acequia Los Méndez hacia el Este, hasta el camino vecinal de Villa de Medina. Límite Este: Desde el río Gastona, por el eje del camino ve- cinal que corre de Norte a Sur y que es lindero Este, de la propiedad de la Compañía Azucarera Tucumana hasta la Ruta Provincial Nº 329, por esta ruta hacia el Este, llegando al camino vecinal que va a Villa de Medina y por el mismo hasta su cruce con acequia Los Méndez. Límite Oeste: Con el lindero Oeste de las propiedades de he- rederos de Inocencio Fernández y Compañía Azucarera Argenti- na, entre los ríos Gastona y Chirimayo". ANEXO 5: MUNICIPALIDAD DE MONTEROS Límite Norte: Por el río Mandolo desde la propiedad de María Luisa Buffo de Ferro y siguiendo el eje del cauce del río en dirección noroeste hasta unirse con el río Chuscha, formando el río Romano y siguiendo este cauce hacia el Este hasta su unión con el río Pueblo Viejo. Límite Sur: Río Pueblo Viejo desde la propiedad de Ottonelo y Carmen Avila hacia el Este hasta Puente de Ruta a Simoca. Límite Este: Por el río Pueblo Viejo desde el puente de Ruta Provincial a Simoca, hasta unión con el río Romano. Límite Oeste: Desde el río Pueblo Viejo por un camino veci- nal que corre al Norte y a la vez es lindero Oeste de las propiedades de Ottonelo, Carmen Avila, Bautista Paloma, Se- bastián García y Roberto Conti, hasta el arroyo El Tejar, por este cauce hasta el Puente Negro,continúa hacia el Norte por camino vecinal que es lindero de las propiedades de A. Albarracín, F. Garrido, P. Briseño, J. Garrido, María L. Buffo, hasta río Mandolo". ANEXO 7: MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA Límite Norte: Desde la esquina noroeste de la Residencia U- niversitaria de Horco Molle, cota inferior del cerro, por el arroyo de Las Cañas,siguiendo su cauce en dirección Sud-este doblando al Este 1.200 metros, hasta su cruce con un camino vecinal que corre hacia el Sur 700 metros, hasta el camino que viene del ex-ingenio San José y va a Horco Molle, por el eje de este camino y con dirección Este hasta llegar al ca- nal de desagüe, por este al Norte 800 metros hasta llegar al lindero Sur de la propiedad de Figueroa Román, siguiendo es- te lindero 500 metros al Oeste, luego por la alambrada Oeste de la misma propiedad hasta acequia que viene de Curva de Los Vega y por este cauce hasta el camino que pasa por La Cartujana, que separa con el Departamento Capital. Límite Sur: Camino de Las Lanzas desde la traza del canal de desagüe hacia el Este hasta el arroyo El Manantial. Límite Este: Desde la acequia que viene de Curva de Los Ve- gas y camino que pasa frente a la Cartujana, por este al Sur hasta el camino del Perú; por el citado camino siguiendo después por Avenida Alfredo Guzmán y arroyo Manantial. Límite Oeste: Desde la esquina noroeste de la Residencia U- niversitaria de Horco Molle y arroyo Las Cañas, hacia el Sur por la cota inferior del cerro que sirve de lindero Oeste de dicha Residencia hasta el río Muerto; por el eje del mismo siguiendo su cauce hasta llegar al lindero Norte de la pro- piedad de Eugenia y Alfredo Imbaud y por este lindero hasta su esquina noroeste; por el lindero Oeste de la misma pro- piedad hasta la Ruta Provincial Nº 338, por esta descendien- do hasta la primera curva hacia el Norte, desde este punto en línea recta al Sur hasta la propiedad del Hogar San Agus- tín; por el lindero Sur de la misma hacia el Este llegando al río Muerto a la altura de la prolongación al Oeste de la calle Cristóbal Colón, por el cauce del río hasta el empalme con la traza del canal de desagüe Yerba Buena y por este a su intersección con el camino de Las Lanzas" ANEXO 8: MUNICIPALIDAD DE AGUILARES Límite Norte: Con el río Medina desde el camino vecinal que pasa al Oeste de las propiedades identificadas con la nomen- clatura catastral provincial: Circunscripción I, Sección D, Lámina 55, Parcelas 13, 12 y 10. Continuando por el eje del cauce del río hasta las vías del puente ferroviario, si- guiendo hacia el Norte por las vías del Ferrocarril General Belgrano hasta la calle Jujuy (antes Córdoba) de la Villa Nueva de Monte Rico y sus prolongación en línea recta 200 metros al Este de la Ruta Nacional Nº 38; luego hacia el Sur hasta el río Medina y continuando por este cauce llega al camino vecinal que corre al Este de la propiedad de Rafael Sánchez. Límite Sur: Por el río Chico desde el camino que va al In- genio Santa Bárbara, desde este punto remontando el cauce al Oeste hasta llegar al camino vecinal que es lindero Oeste de la propiedad de Tránsito de Cáceres Gordillo. Límite Este: Desde el río Medina por el camino vecinal que corre al Sur y es lindero Este de la propiedad de Rafael Sánchez y Simón Padrós y Compañía, doblando 320 metros al O- este de la última propiedad por un camino vecinal, hacía el Sur 1.500 metros por camino vecinal, quedando las propieda- des de Simón Padrós y Compañía, Manuel S. Jaime y Francisco Bulacio dentro de la jurisdicción; hacia el Este 1.100 me- tros todo esto siempre por caminos vecinales hasta llegar al extremo noroeste de la parcela 123 de Rafaél Sánchez, desde este punto por camino vecinal al Sur hasta el arroyo Ba- rrientos y por el eje de este cause al Oeste hasta el puente de la Ruta Provincial 346, siguiendo la Ruta doblando hacia el Este, hasta el primer camino que corre hacia el Sur; por este camino se llega a la primera calle pública de Santa Bárbara siguiendo 200 metros al Este, luego 200 metros al Sur por otra calle pública, última al Este del pueblo hasta una acequia, por la misma llegando a un camino vecinal que viene de Monte Redondo doblando 600 metros al Sur, desviando luego al Oeste por un camino que bordea el lindero Sur del Ingenio Santa Bárbara envolviéndolo al mismo hasta el camino que va hasta el río Chico por los linderos Este de las pro- piedades de Magdalena T. de Soldati, Raúl Mirande y Victor Gómez. Limite Oeste: Por el camino vecinal que corre al Oeste de la propiedad de Tránsito de Cáceres Gordillo, desde el río Chi- co hasta el arroyo Barrientos, este camino divide las loca- lidades de Santa Rosa con El Tuscal, quedando esta última fuera de la jurisdicción, por el arroyo remontando su cauce al Oeste hasta el camino vecinal que corre al Norte haciendo quiebres de 300 metros al Este, 600 metros al Norte, por dos martillos de 400 metros en dirección noroeste, luego en di- rección Norte hasta llegar al río Medina. Este camino veci- nal pasa por los linderos Oeste de las propiedades de Oscar Palavecino, Tomasa Palavecino, Argelia del V. Palavecino, Pelagio Palavecino, Antonio Pereyra, Nicolás Reynoso,Ramón Robles, Sucesión de Bernardo Miranda y las parcelas 12 y 10, punto inicial del límite Norte". ANEXO 9: MUNICIPALIDAD DE JUAN BAUTISTA ALBERDI Límite Norte: Desde el Canal Norte del Sistema de Escaba y con dirección Este, 4300 metros por el camino vecinal que corre de Este a Oeste a la vez sirve de lindero entre las propiedades de Manuel Cebe y la parcela 112H de Juan de Dios Ortega, esta última queda dentro de la jurisdicción, hasta las vías del F.C.G.M.B., por ésta y con dirección Norte 700 mts.hasta el camino vecinal que viene de El Churqui y va ha- cia la ruta Nacional nº 38, 550 mts. desde el cruce siempre con dirección Este 1550 mts. por el camino que va a Talamuyo hasta la antigua ruta nº 38, de este punto 3400 mts. hasta un camino vecinal que corre hacia el Sur. Límite Sur: Por el Río Marapa con dirección Oeste desde el camimno vecinal que viene de la ruta provincial nº 333 a la altura del Km.4 hasta el cruce con el badén del camino veci- nal que da acceso a la localidad de Yánima. Límite Este: Por el camino vecinal que va hacia el Sur (pun- to final del límite Norte) 2450 mts. doblando al Este 700 mts. y después nuevamente al Sur 2650 mts. hasta llegar a la altura del Km.4 de la ruta provincial nº 333, desde este punto siempre con la misma orientación 1350 mts. hasta el Río Marapa. Límite Oeste: Desde el badén en el Río Marapa del camino ve- cinal que va a Yánima y con dirección Norte hasta encontrar su intersección con la ruta provincial nº 308, doblando en dirección Oeste por camino vecinal hasta su cruce con el ca- nal Norte del Sistema de riego de Escaba, por la traza del canal hacia el Norte hasta el camino vecinal que va al Este hasta Donato Alvarez que es punto inicial del límite Norte". ANEXO 10: MUNICIPALIDAD DE LULES Límite Norte: Desde el Río Lules, por el Arroyo Curcuncho en dirección Este hasta la intersección con la ruta nacional nº 38, por ésta hacia el Norte hasta el camino vecinal a Malvi- nas, por este camino hacie el Este hasta el extremo Noreste de la propiedad de G.Toledo. Límite Sur: Desde la unión de un arroyo y el Río Colorado al Oeste, que a la vez es lindero Oeste de la Propiedad de Ma- nuel García Fernández, por el eje del cauce del río siguien- do el mismo hasta la desembocadura del Arroyo Calimayo. Límite Este: Desde el extremo Noreste hasta la propiedad de G. Toledo por un camino vecinal que corre hacia el Sur 800 mts., dobla 550 mts. al Este y después sigue hacia el Sur hasta el Río Lules; desde este punto por el límite del De- partamento Leales hasta el Río Colorado. Límite Oeste: Desde el nacimiento del Arroyo El Curcuncho, por el Río Lules hasta el canal que provee de agua a la Fá- brica Papel del Tucumán, siguiendo la traza del mismo hacia el Sur hasta la ruta provincial nº 341, doblando hacia el O- este por el lindero Sur de la propiedad de San Ramón S.R.L. hasta el arroyo y por éste hasta el Río Colorado." ANEXO 11: MUNICIPALIDAD DE BELLA VISTA Límite Norte: Desde el eje del arroyo Cailimayo, siguiendo por el actual límite con la Comuna de Las Talas en la zona denominada Puerta Grande, hasta su unión con el eje del ca- mino vecinal que se dirije al arroyo del Rey, siguiendo su cauce hasta su cruce con la Ruta 301, entrada a la ciudad de Bella Vista en el Puesto de Hierro; desde este punto reco- rriendo la mencionada ruta hacia el Norte hasta el cruce con la Ruta Nacional Nº 157, por esta misma siguiendo siempre al Norte hasta el camino vecinal que corre hacia el Este de la Ruta a la altura del Kilómetro 1.246 del Ferrocarril General Belgrano, por este camino hasta el límite Este de la propie- dad de la Compañía Azucarera Bella Vista, luego por todo el lidero Este de la misma separándola de la propiedad de Ma- nuel García Fenández, A. Jeréz, A.Toro, C.M. de Romero, has- ta el antiguo decauville ferroviario hacia Pala-Pala llegan- do por el mismo al río Salí. Límite Sur: Desde el río Salí,por el arroyo del Rey hacia el Oeste hasta la Ruta Nacional Nº 157, siguiendo la misma al Sur hasta el camino vecinal que va al kilómetro 1.240, lle- gando por el mismo al río Colorado. Límite Este: Río Salí, eje de su cauce. Límite Oeste: Río Colorado siguiendo por el eje de su cauce hacia el Norte hasta la desembocadura del arroyo Calimayo y por éste al Norte, hasta el límite con la Comuna de La Ta- la". ANEXO 16: MUNICIPALIDAD DE LA COCHA Límite Norte: Por la Ruta Provincial Nº 334 desde el lindero Este de la propiedad de Manzur quedando esta propiedad fuera de la jurisdicción, por el eje de dicha Ruta hacia el Este, empalmando con un camino vecinal hasta las vías del Ferroca- rril General Belgrano, continuando hacia el Norte y luego al Este hasta la Ruta Nacional Nº 38, envolviendo las propieda- des de R. de López, R. Delgado, J. Espinosa, quedando el ce- mentrio dentro de la jurisdicción. Desde la ruta siguiendo por el camino vecinal que va a El Porvenir, hasta el encuen- tro del camino que es lindero Oeste de la Finca de Julio Garbich. Límite Sur: Por el eje del cauce del Arroyo La Posta desde las vías del Ferrocarril General Belgrano en dirección Este, hasta el lindero Este de la propiedad de Crístoro Gerez que colinda con la propiedad de E.M. de Shadlich, quedando esta última fuera de la jurisdicción. Límite Este: Desde el camino a El Porvenir, por el camino vecinal que va a la Ruta Provincial Nº 334 y a la vez es lindero Este, hasta de la propiedad de Pablo Monroy, si- guiendo este lindero hacia el Sur y también con el lindero Oeste de la propiedad de E.M. de Shadlich, hasta el arroyo La Posta. Estas fincas son colindantes con las siguientes propiedades hasta el arroyo La Posta: Saturnino de La Orden, Héctor de La Orden, Justo Segura, Sucesión Olimpia G. de Bravo, Manuel Giménez, Albertano Giménez, Nicolás Giménez, María O. de Corbalán, Rosa G. de La Orden, Sucesión Pilar Quinteros, Sucesión Luis Bulacio, Sucesión Segundo Molina, Serapio Bravo, Sucesión Emilio Giménez, Sinecia Pintos de Medina y Cristoro Gerez; todas estas propiedades quedan den- tro de la jurisdicción. Límite Oeste: Desde el arroyo La Posta y hacia el Norte por las vías del ferrocarril General Belgrano hasta el arroyo El Sueño,por este cauce al Oeste hasta la alambrada Oeste de la propiedad de Francisco Robles, siguiendo este lindero al Norte que a la vez corresponde como límite Este de la pro- piedad de Francisco Getar, hace un quiebre al Oeste y luego sigue nuevamente al Norte por el lindero Este de la propie- dad de Manzur, hasta llegar a la Ruta Provincial Nº 334 que va a los Pizarros. Estas dos últimas propiedades quedan fue- ra de la jurisdicción. Art. 2º.- Comuníquese. Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Tucumán, a los dos días del mes de se- tiembre del año mil novecientos ochenta y cinco.
MODIFICA LA LEY Nº 5530 -CATEGORÍAS DE MUNICIPIOS-.
CONSOLIDADA CON LEY Nº 5530.