• Detalle de Ley

    Ley N°: 5739
    Tipo: GENERAL
    Estado: CADUCA
    Categoria: PUBLICO MUNICIPAL Y COMUNAL
    Sancionada: 02/09/1985
    Promulgada: 16/09/1985
    Publicada: 26/09/1985
    Boletin Of. N°: 21097

  • Texto
  •  * CADUCA *
    
       El Senado y Cámara de Diputados de la  Provincia de Tucu-
    mán, sancionan con fuerza de
    
                               L E Y :
    
       Artículo 1º.- Modifícanse los Anexos 2, 3, 5, 7, 8, 9,10,
    11 y 16 de la Ley Nº 5.530 y fíjanse los límites territoria-
    les  de los Municipios  de Banda  del Río Salí,  Concepción,
    Monteros, Yerba Buena, Aguilares, Juan Bautista Alberdi, Lu-
    les,  Bella Vista  y La Cocha, tal como se  establecen en la
    presente Ley:
    
                            ANEXO 2:
               MUNICIPALIDAD DE BANDA DEL RIO SALI
    
    Límite Norte: Por  Avenida Alejandro  Heredia, desde  el río
    Salí y su continuación hacia el Este, hasta las vías del Fe-
    rrocarril General Mitre.
    Límite Sur: Desde las vías del Ferrocarril General Mitre ha-
    cia el Oeste, por el eje del camino vecinal de Pozo del Alto
    que pasa frente a la  Escuela Luis Pasteur, cruzando la Ruta
    Nacional Nº 9, a  600 metros al Norte  del Kilómetro 1.283 y
    siguiendo por el mismo hasta el eje del río Salí.
    Límite Este: Vías  del Ferrocarril  General Mitre, hasta  su
    cruce con el camino a Pozo del Alto.
    Límite Oeste: Desde la altura de la  Avenida Alejandro Here-
    dia, por el eje del cauce  del río Salí, hacia el Sur, hasta
    el camino de Pozo del Alto".
    
                           ANEXO 3:
                  MUNICIPALIDAD DE CONCEPCION
    
    Límite Norte: Con el río Gastona, desde  la propiedad de he-
    rederos de  Inocencio Fernández, siguiendo por  el eje de su
    cauce hasta el camino vecinal que va  a la  Ruta  Provincial
    329 hasta la escuela de San Ramón.
    Límite Sur: Con  el río  Chirimayo desde  la propiedad de la
    Compañía Azucarera Argentina, siguiendo su  cauce y  después
    por el cauce de acequia Los Méndez hacia  el Este, hasta  el
    camino vecinal de Villa de Medina.
    Límite Este: Desde el río Gastona, por el eje del camino ve-
    cinal que corre de  Norte a Sur y que es lindero Este, de la
    propiedad de  la Compañía Azucarera  Tucumana  hasta la Ruta
    Provincial Nº 329, por esta ruta hacia el Este, llegando  al
    camino vecinal que va a Villa de Medina y por el mismo hasta
    su cruce con acequia Los Méndez.
    Límite Oeste: Con el lindero Oeste de las propiedades de he-
    rederos de Inocencio Fernández y Compañía Azucarera Argenti-
    na, entre los ríos Gastona y Chirimayo".
    
                             ANEXO 5:
                     MUNICIPALIDAD DE MONTEROS
    
    Límite Norte: Por el río Mandolo desde la propiedad de María
    Luisa Buffo de Ferro y siguiendo el eje del cauce del río en
    dirección noroeste hasta unirse con el río Chuscha, formando
    el río Romano y siguiendo este cauce  hacia el Este hasta su
    unión con el río Pueblo Viejo.
    Límite Sur: Río Pueblo Viejo desde  la propiedad de Ottonelo
    y Carmen Avila hacia el Este hasta Puente de Ruta a Simoca.
    Límite Este: Por el río Pueblo Viejo desde el puente de Ruta
    Provincial a Simoca, hasta unión con el río Romano.
    Límite Oeste: Desde el río Pueblo  Viejo por un camino veci-
    nal  que corre al Norte y a  la vez es lindero Oeste  de las
    propiedades de Ottonelo, Carmen Avila, Bautista  Paloma, Se-
    bastián  García y Roberto Conti, hasta el  arroyo El  Tejar,
    por este cauce hasta el Puente Negro,continúa hacia el Norte
    por camino  vecinal que es lindero de las  propiedades de A.
    Albarracín, F.  Garrido, P.  Briseño, J. Garrido,  María  L.
    Buffo, hasta río Mandolo".
    
                            ANEXO 7:
                   MUNICIPALIDAD DE YERBA BUENA
    
    Límite Norte: Desde la esquina noroeste de la  Residencia U-
    niversitaria de Horco Molle, cota inferior del cerro, por el
    arroyo de Las Cañas,siguiendo su cauce en dirección Sud-este
    doblando al Este 1.200 metros, hasta su cruce con un  camino
    vecinal que corre  hacia el Sur 700 metros, hasta  el camino
    que viene del ex-ingenio San José y va a Horco Molle, por el
    eje de este camino y con dirección Este hasta llegar al  ca-
    nal de desagüe, por este al Norte 800 metros hasta llegar al
    lindero Sur de la propiedad de Figueroa Román, siguiendo es-
    te lindero 500 metros al Oeste, luego por la alambrada Oeste
    de la  misma propiedad hasta acequia que viene  de Curva  de
    Los Vega y por  este cauce hasta  el camino que pasa  por La
    Cartujana, que separa con el Departamento Capital.
    Límite Sur: Camino de Las Lanzas desde la traza del canal de
    desagüe hacia el Este hasta el arroyo El Manantial.
    Límite Este: Desde la  acequia que viene de Curva de Los Ve-
    gas y camino que pasa frente a la Cartujana, por este al Sur
    hasta el  camino del Perú;  por el citado  camino  siguiendo
    después por Avenida Alfredo Guzmán y arroyo Manantial.
    Límite Oeste: Desde la esquina noroeste de la  Residencia U-
    niversitaria de Horco Molle y arroyo Las Cañas, hacia el Sur
    por la cota inferior del cerro que sirve de lindero Oeste de
    dicha Residencia  hasta el río Muerto; por el eje  del mismo
    siguiendo su cauce hasta llegar al lindero Norte de la  pro-
    piedad de Eugenia y Alfredo Imbaud y  por este lindero hasta
    su esquina noroeste; por  el lindero Oeste de la  misma pro-
    piedad hasta la Ruta Provincial Nº 338, por esta descendien-
    do hasta la primera  curva hacia el Norte, desde  este punto
    en línea recta al Sur hasta la propiedad del Hogar San Agus-
    tín; por el lindero  Sur de la misma hacia el  Este llegando
    al río Muerto a la altura de la prolongación al Oeste de  la
    calle Cristóbal Colón, por el cauce del río hasta el empalme
    con la traza del canal  de desagüe Yerba Buena y  por este a
    su intersección con el camino de Las Lanzas"
    
                            ANEXO 8:
                    MUNICIPALIDAD DE AGUILARES
    
    Límite Norte: Con  el río Medina desde el camino vecinal que
    pasa al Oeste de las propiedades identificadas con la nomen-
    clatura catastral  provincial: Circunscripción I, Sección D,
    Lámina 55, Parcelas 13, 12  y 10. Continuando por el eje del
    cauce del río  hasta las  vías del puente  ferroviario,  si-
    guiendo hacia el Norte por  las vías del Ferrocarril General
    Belgrano hasta la  calle Jujuy (antes  Córdoba) de  la Villa
    Nueva  de Monte Rico y  sus prolongación en  línea recta 200
    metros al Este de la Ruta Nacional Nº 38; luego hacia el Sur
    hasta el río  Medina y continuando  por este cauce  llega al
    camino vecinal que  corre al Este de la  propiedad de Rafael
    Sánchez.
    Límite Sur: Por el  río Chico  desde el camino que va al In-
    genio Santa Bárbara, desde este punto remontando el cauce al
    Oeste hasta llegar al camino vecinal que es lindero Oeste de
    la propiedad de Tránsito de Cáceres Gordillo.
    Límite Este: Desde  el río Medina  por el camino vecinal que
    corre al  Sur y es lindero  Este  de la propiedad de  Rafael
    Sánchez y Simón Padrós y Compañía, doblando 320 metros al O-
    este de la última propiedad por  un camino vecinal, hacía el
    Sur 1.500 metros por camino vecinal, quedando las  propieda-
    des de Simón Padrós y  Compañía, Manuel S. Jaime y Francisco
    Bulacio  dentro de la jurisdicción; hacia el  Este 1.100 me-
    tros todo esto siempre por caminos vecinales hasta llegar al
    extremo noroeste de la parcela 123 de  Rafaél Sánchez, desde
    este  punto por camino  vecinal al  Sur hasta el  arroyo Ba-
    rrientos y por el eje de este cause al Oeste hasta el puente
    de la Ruta Provincial 346, siguiendo la  Ruta doblando hacia
    el Este, hasta  el primer camino que corre hacia el Sur; por
    este  camino se llega  a la  primera calle pública  de Santa
    Bárbara  siguiendo 200 metros al  Este, luego  200 metros al
    Sur por otra calle pública, última al Este del pueblo  hasta
    una acequia, por  la misma llegando a un  camino vecinal que
    viene de Monte Redondo doblando 600 metros al Sur, desviando
    luego al Oeste por  un camino que bordea el lindero Sur  del
    Ingenio Santa Bárbara envolviéndolo al mismo hasta el camino
    que  va hasta el río Chico por los linderos Este de las pro-
    piedades de  Magdalena T. de Soldati,  Raúl Mirande y Victor
    Gómez.
    Limite Oeste: Por el camino vecinal que corre al Oeste de la
    propiedad de Tránsito de Cáceres Gordillo, desde el río Chi-
    co hasta el arroyo  Barrientos, este camino divide las loca-
    lidades  de Santa Rosa  con El Tuscal, quedando esta  última
    fuera de la jurisdicción,  por el arroyo remontando su cauce
    al Oeste hasta el camino vecinal que corre al Norte haciendo
    quiebres de 300 metros al Este, 600 metros al Norte, por dos
    martillos de 400 metros en dirección noroeste, luego  en di-
    rección Norte hasta llegar  al río Medina. Este camino veci-
    nal pasa por los linderos Oeste de las propiedades de  Oscar
    Palavecino, Tomasa  Palavecino, Argelia  del V.  Palavecino,
    Pelagio  Palavecino, Antonio Pereyra,  Nicolás Reynoso,Ramón
    Robles, Sucesión de Bernardo Miranda y las parcelas 12 y 10,
    punto inicial del límite Norte".
    
                             ANEXO 9:
                MUNICIPALIDAD DE JUAN BAUTISTA ALBERDI
    
    Límite Norte: Desde  el Canal Norte del Sistema de  Escaba y
    con  dirección Este, 4300 metros  por el camino vecinal  que
    corre de  Este a Oeste a la  vez sirve de lindero  entre las
    propiedades de Manuel Cebe y la parcela 112H de Juan de Dios
    Ortega, esta última  queda dentro de la  jurisdicción, hasta
    las vías del F.C.G.M.B., por ésta y con dirección  Norte 700
    mts.hasta el camino vecinal que viene de El Churqui y va ha-
    cia la ruta  Nacional nº 38, 550 mts. desde el cruce siempre
    con dirección Este 1550 mts. por el camino que va a Talamuyo
    hasta la antigua ruta nº 38, de este punto  3400  mts. hasta
    un camino vecinal que corre hacia el Sur.
    Límite Sur: Por el  Río Marapa con dirección Oeste  desde el
    camimno vecinal que viene de la ruta  provincial nº 333 a la
    altura del Km.4 hasta el cruce con el badén del camino veci-
    nal que da acceso a la localidad de Yánima.
    Límite Este: Por el camino vecinal que va hacia el Sur (pun-
    to  final del límite Norte) 2450  mts. doblando al Este  700
    mts. y después nuevamente al Sur 2650 mts. hasta llegar a la
    altura del  Km.4 de la  ruta provincial  nº 333, desde  este
    punto siempre  con la  misma orientación 1350  mts. hasta el
    Río Marapa.
    Límite Oeste: Desde el badén en el Río Marapa del camino ve-
    cinal que va a Yánima y con dirección Norte  hasta encontrar
    su intersección  con la  ruta provincial nº 308, doblando en
    dirección Oeste por camino vecinal hasta su cruce con el ca-
    nal  Norte  del Sistema de riego de Escaba, por la traza del
    canal hacia el Norte hasta el camino vecinal  que va al Este
    hasta Donato Alvarez que es punto inicial del límite Norte".
    
                             ANEXO 10:
                       MUNICIPALIDAD DE LULES
    
    Límite Norte: Desde el Río Lules, por el Arroyo Curcuncho en
    dirección Este hasta la intersección con la ruta nacional nº
    38, por ésta hacia el Norte hasta el camino vecinal a Malvi-
    nas, por este camino hacie el Este hasta el  extremo Noreste
    de la propiedad de G.Toledo.
    Límite Sur: Desde la unión de un arroyo y el Río Colorado al
    Oeste, que a la vez es lindero Oeste de la  Propiedad de Ma-
    nuel García Fernández, por el eje del cauce del río siguien-
    do el mismo hasta la desembocadura del Arroyo Calimayo.
    Límite Este: Desde el extremo Noreste  hasta la propiedad de
    G. Toledo por  un camino vecinal  que corre hacia el Sur 800
    mts.,  dobla 550 mts. al Este y después sigue  hacia el  Sur
    hasta el  Río Lules; desde este punto  por el límite del De-
    partamento Leales hasta el Río Colorado.
    Límite Oeste: Desde  el nacimiento del Arroyo  El Curcuncho,
    por el Río Lules hasta el canal  que provee de agua a la Fá-
    brica Papel del Tucumán, siguiendo la traza  del mismo hacia
    el Sur hasta la ruta provincial nº 341, doblando hacia el O-
    este por el lindero Sur de la  propiedad de San Ramón S.R.L.
    hasta el arroyo y por éste hasta el Río Colorado."
    
                            ANEXO 11:
                   MUNICIPALIDAD DE BELLA VISTA
    
    Límite Norte: Desde el eje  del  arroyo Cailimayo, siguiendo
    por el actual límite con la  Comuna  de Las Talas en la zona
    denominada Puerta Grande, hasta  su unión con el eje del ca-
    mino vecinal que se  dirije al arroyo del  Rey, siguiendo su
    cauce hasta su cruce con la Ruta 301, entrada a la ciudad de
    Bella  Vista  en el Puesto de Hierro; desde este punto reco-
    rriendo la mencionada ruta hacia el Norte hasta el cruce con
    la Ruta Nacional Nº 157, por esta misma siguiendo siempre al
    Norte hasta el camino vecinal que corre hacia el  Este de la
    Ruta a la altura del Kilómetro 1.246 del Ferrocarril General
    Belgrano, por este camino hasta el límite Este de la propie-
    dad de la Compañía Azucarera Bella Vista, luego por  todo el
    lidero Este de  la misma separándola  de la propiedad de Ma-
    nuel García Fenández, A. Jeréz, A.Toro, C.M. de Romero, has-
    ta el antiguo decauville ferroviario hacia Pala-Pala llegan-
    do por el mismo al río Salí.
    Límite Sur: Desde el río Salí,por el arroyo del Rey hacia el
    Oeste hasta la  Ruta  Nacional Nº 157, siguiendo la misma al
    Sur hasta el camino vecinal que  va al kilómetro 1.240, lle-
    gando por el mismo al río Colorado.
    Límite Este: Río Salí, eje de su cauce.
    Límite Oeste: Río Colorado siguiendo por el  eje de su cauce
    hacia el Norte hasta la desembocadura del arroyo  Calimayo y
    por  éste al Norte, hasta el  límite con la Comuna de La Ta-
    la".
    
                             ANEXO 16:
                      MUNICIPALIDAD DE LA COCHA
    
    Límite Norte: Por la Ruta Provincial Nº 334 desde el lindero
    Este de la propiedad de Manzur quedando esta propiedad fuera
    de la jurisdicción, por el eje de dicha Ruta  hacia el Este,
    empalmando con un camino vecinal hasta las vías del Ferroca-
    rril General Belgrano, continuando hacia el Norte y luego al
    Este hasta la Ruta Nacional Nº 38, envolviendo las propieda-
    des de R. de López, R. Delgado, J. Espinosa, quedando el ce-
    mentrio dentro de la jurisdicción. Desde la  ruta  siguiendo
    por el camino vecinal que va a El Porvenir, hasta el encuen-
    tro del  camino  que es  lindero  Oeste de la Finca de Julio
    Garbich.
    Límite Sur: Por el eje del cauce del  Arroyo  La Posta desde
    las vías del Ferrocarril General Belgrano en dirección Este,
    hasta el lindero Este de la propiedad de  Crístoro Gerez que
    colinda con la  propiedad de E.M. de Shadlich, quedando esta
    última fuera de la jurisdicción.
    Límite Este: Desde el  camino a El  Porvenir, por  el camino
    vecinal  que va a la Ruta  Provincial Nº  334 y a la  vez es
    lindero Este,  hasta de la propiedad  de Pablo  Monroy,  si-
    guiendo este lindero hacia el  Sur y también con el  lindero
    Oeste de  la propiedad de E.M. de  Shadlich, hasta el arroyo
    La  Posta. Estas  fincas son colindantes  con las siguientes
    propiedades hasta el arroyo La Posta: Saturnino de La Orden,
    Héctor  de La  Orden, Justo Segura,  Sucesión Olimpia  G. de
    Bravo, Manuel Giménez,  Albertano Giménez, Nicolás  Giménez,
    María O.  de Corbalán, Rosa G.  de La Orden, Sucesión  Pilar
    Quinteros, Sucesión  Luis Bulacio, Sucesión Segundo  Molina,
    Serapio  Bravo, Sucesión  Emilio Giménez,  Sinecia Pintos de
    Medina y Cristoro Gerez; todas estas propiedades quedan den-
    tro de la jurisdicción.
    Límite Oeste: Desde el arroyo La Posta y hacia el Norte  por
    las vías del ferrocarril General Belgrano hasta el arroyo El
    Sueño,por este cauce al Oeste hasta la alambrada Oeste de la
    propiedad de  Francisco Robles,  siguiendo este  lindero  al
    Norte  que a la vez  corresponde como límite Este de la pro-
    piedad de Francisco Getar, hace un quiebre al Oeste y  luego
    sigue nuevamente al Norte por el lindero Este de  la propie-
    dad de Manzur, hasta llegar a la Ruta  Provincial Nº 334 que
    va a los Pizarros. Estas dos últimas propiedades quedan fue-
    ra de la jurisdicción.
    
       Art. 2º.- Comuníquese.
    
       Dada en la sala de sesiones de la  Honorable  Legislatura
    de la  Provincia de  Tucumán, a los dos días del mes  de se-
    tiembre del año mil novecientos ochenta y cinco.
    

  • Relaciones

    Modifica a Ley 5530
    Caducada por Ley 8240

  • Resumen

    MODIFICA LA LEY Nº 5530 -CATEGORÍAS DE MUNICIPIOS-.

  • Observaciones

    CONSOLIDADA CON LEY Nº 5530.