* CADUCA *
El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Tucu-
mán, sancionan con fuerza de
L E Y :
Artículo 1º.- Denomínase Hogar Juvenil y Escuela de A-
prendizaje "General Belgrano", al actual Hogar de Menores y
Escuela de Trabajo General Belgrano.
Art. 2º.- Suprímese en el artículo 1º de la Ley Nº 2.491
la expresión que se denominará en lo sucesivo Hogar de Meno-
res y Escuela de Trabajo General Belgrano".
Art. 3º.-Derógase toda disposición que se oponga a la
presente.
Art. 4º.- Comuníquese.
Dada en la sala de sesiones de la Honorable Legislatura
de la Provincia de Tucumán, a los veintisiete días del mes
de Noviembre del año mil novecientos ochenta y seis.